Secretario de la Gobernación aclara alegaciones tergiversadas sobre su testimonio y su intervención en caso de acomodo razonable médico

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(SAN JUAN, PUERTO RICO – 16 de julio de 2026) – El secretario de la Gobernación y director ejecutivo de AAFAF, licenciado Francisco J. Domenech, aclaró hoy que las alegaciones realizadas por la exsecretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) tergiversan, tanto su testimonio prestado bajo juramento ante la interpelación de la Comisión Total del Senado, como el ejercicio de las facultades que le fueron delegadas mediante la Orden Ejecutiva 2025-008.

Durante su comparecencia ante la interpelación de la Comisión Total, el Secretario explicó claramente que las facultades delegadas por la referida Orden Ejecutiva no implican una intervención constante en los asuntos de personal de las agencias. Por el contrario, afirmó bajo juramento que dichas facultades se ejercen cuando las circunstancias así lo requieren y resulta necesaria su intervención.

En el caso particular que hoy se intenta presentar de manera incorrecta hoy por la exscecretaria del DACO la cual fue despedida por la gobernadora el 5 de diciembre del 2025 y ahora es objeto de una demanda, la situación correspondía a una empleada que le solicitó a la exsecretaria del DACO en múltiples ocasiones durante el mes de julio del 2025 extender un acomodo razonable para desempeñar temporalmente sus funciones de manera remota mientras se recuperaba de una cirugía mayor en su pie. Dichas solicitudes estuvieron respaldadas por certificaciones, fotos y evidencia médica, sin que la empleada recibiera contestación alguna por parte de la exsecretaria del DACO, mientras dicha empleada seguía agotando sus balances de su licencia por enfermedad.

“No existe contradicción ni mucho menos perjurio. Desde el primer momento expliqué que las facultades delegadas por la Orden Ejecutiva no significan que el Secretario de la Gobernación intervenga diariamente en todos los asuntos de personal. También fui claro al expresar que esas facultades se ejercen cuando las circunstancias lo ameritan. Eso fue precisamente lo que ocurrió en este caso. Tras evaluar un expediente ampliamente documentado, con fotos de la cirugía que fue de marca mayor, ver las múltiples y repetidas recomendaciones del médico que atendió a la empleada de que debía trabajar de manera remota, varios correos electrónicos que le curso a la exsecretaria la empleada durante el mes de julio y agosto de 2025 y no fueron contestados, entendimos que correspondía intervenir para proteger el derecho de una servidora pública que llevaba tiempo solicitando la extensión del acomodo razonable respaldado por evidencia médica sin que la exsecretaria tan siquiera le contestara. Actuamos conforme a la ley y los reglamentos, con sensibilidad y con el compromiso de garantizar un trato justo a nuestros empleados públicos”, expresó el Secretario de la Gobernación.

El licenciado Domenech añadió que le envió una comunicación a la exsecretaria del DACO el 7 de agosto del 2025 a las 5:02 P.M. y no fue hasta el 17 de septiembre del 2025 a las 9:34 P.M. que la exsecretaria le envió un correo electrónico sobre la situación de la empleada, o sea un mes y medio luego de que el secretario de la Gobernación le hubiese enviado su carta otorgando el acomodo razonable médico solicitado.

Domenech añadió que la administración de la gobernadora Jenniffer González Colón continuará promoviendo una cultura de respeto, cumplimiento de la ley y protección de los derechos de los servidores públicos, particularmente cuando enfrenten situaciones relacionadas con su salud.

ACLARACION SOBRE LAS DECLARACIONES MENDACES DE LA EXSECRETARIA DEL DACO

“Para aclarar el récord de las declaraciones mendaces de la exsecretaria del DACO en cuanto a la supuesta intervención de este servidor en una subasta, haré un recuento fáctico de la situación que hoy ella, para desviar la atención de la demanda de la que es objeto por abusar de una empleada pública, trae a la atención pública luego de que la gobernadora la destituyera hace ocho meses atrás.

El 14 de octubre de 2025, la exsecretaria de DACO sometió un planteamiento para autorizar la obligación presupuestaria para otorgar un contrato a través de la plataforma electrónica de planteamientos de la OGP.

Durante el proceso de revisión que se hace desde siempre en la Secretaría de la Gobernación, la exsecretaria dio múltiples seguimientos por escrito con información contradictoria en cada una de esas comunicaciones (17, 27 y 29 de octubre y 6 de noviembre de 2025). Sobre este particular, saltó a la vista que -en algunos documentos- se indicó que se había realizado un proceso en octubre de 2025, por el mecanismo de RFQ, y en otros documentos la exsecretaria hablaba de una subasta informal. Los dos procesos no pueden co-existir, esto, entre otras incongruencias, proveniente de la información brindada por la propia exsecretaria. Por dicha razón, en el mes de noviembre de 2025 le comuniqué directamente a la exsecretaria que había identificado incongruencias con el trámite realizado, enviándole un documento al respecto, para que ella pudiese aclarar esas numerosas incongruencias, contradicciones y faltas a la normativa reglamentaria y legal.

Dichas contradicciones no solo levantaron duda sobre el proceso realizado, sino que fueron confirmadas al analizar el expediente, no solo por este servidor, si no por varios funcionarios que laboran en la Secretaría de la Gobernación.

Al revisar el expediente nos percatamos que se había sometido ante PRITS una autorización para la transacción desde el 5 de agosto de 2025. Esto, es contradictorio, no solo con la regulación establecida, sino con la información vertida por la exsecretaria de que se había realizado una subasta en el mes de octubre de 2025. Lo que claramente entendimos fue que ella había hecho una pre-selección en agosto, antes de llevar el alegado proceso de subasta en octubre.

Por esta razón, el 10 de noviembre de 2025 le cursé a la exsecretaria una Notificación de Hallazgos, en la cual, luego de hacer una breve relación de hechos y de la información contenida en el expediente, le compartí la regulación aplicable y le indiqué que era necesario aclarar los siguientes señalamientos:

1) La propuesta no fue evaluada por PRITS o fue alterada luego de la aprobación y los cambios no fueron evaluados revisados nuevamente por PRITS.

2) La propuesta fue seleccionada previo a realizar el proceso competitivo indicado en la comunicación de la exsecretaria

3) No se cumplió con las disposiciones contenidas en los siguientes:

– Ley Núm. 73-2019

– Orden Ejecutiva 2021-029

– Carta Circular 013-2021

– normativa de PRITS

– Memorando Conjunto Núm. OSG-2025-002 y OGP-Carta Circular 006-2025

El 14 de noviembre de 2025 la exsecretaria procedió a contestar los señalamientos realizados, ninguno de los cuales rebatía los planteamientos señalados.

Ante el despido de la exsecretaria por parte de la Gobernadora, el 5 de diciembre de 2025, la evaluación quedó detenida. Como es costumbre de parte de la Secretaría de la Gobernación, con la salida de un jefe de Agencia, se devuelven los planteamientos para que sean reevaluados y se determine cómo proceder. En este caso, se devolvió el planteamiento al DACO, el 15 de diciembre de 2025, para que fuera evaluado el proceso de contratación realizado y la agencia procediera conforme a ley y los reglamentos.

Luego que el planteamiento fue devuelto al DACO, el nuevo Secretario de la agencia, Lcdo. Hiram Torres Montalvo, hizo un análisis de los hallazgos y decidió cancelar el planteamiento y llevar a cabo uno nuevo”, expresó el secretario de la Gobernación, licenciado Francisco J. Domenech

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