[El Capitolio, San Juan, PR – 5 de junio de 2026] La representante Lisie Burgos Muñiz, portavoz cameral de Proyecto Dignidad, radicó la Resolución de la Cámara 714 con el propósito de ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes realizar una urgente investigación exhaustiva sobre la implementación y cumplimiento del protocolo uniforme creado por el Departamento de Salud para la evaluación e intervención de las instituciones médico-hospitalarias en casos de estrangulamiento o asfixia no letal.
La medida busca examinar cómo se está ejecutando el protocolo establecido al amparo de la Ley 71-2024, incluyendo los procesos de evaluación clínica, intervención y monitoreo a corto, mediano y largo plazo de las víctimas sobrevivientes. Además, procura conocer si las instituciones médico-hospitalarias están cumpliendo con la obligación de notificar a la Policía de Puerto Rico cuando exista sospecha razonable de que una persona fue o pudo haber sido víctima de estrangulamiento o asfixia no letal, así como el manejo que se ha dado a esos referidos por parte de las autoridades correspondientes.
“Cuando la Asamblea Legislativa aprueba una ley para proteger vidas, nuestra responsabilidad no termina con la firma de la medida. Tenemos el deber de fiscalizar su ejecución y asegurarnos de que las víctimas estén recibiendo la protección, el seguimiento y la atención que la ley les garantiza. No basta con que exista un protocolo, debemos conocer si se está implementando correctamente, si las agencias están cumpliendo con sus responsabilidades y si realmente está contribuyendo a prevenir futuras tragedias”, expresó la representante Burgos Muñiz.
La resolución surge ante la necesidad de fiscalizar la ejecución de las herramientas legislativas aprobadas para atender esta modalidad de violencia doméstica y asegurar que estén produciendo resultados concretos en la protección de las víctimas.
El estrangulamiento o la asfixia no letal ha sido identificado como uno de los principales indicadores de riesgo de violencia letal en relaciones de maltrato, por lo que resulta indispensable examinar si el protocolo desarrollado por el Departamento de Salud está cumpliendo con los objetivos para los cuales fue creado y si los mecanismos establecidos están fortaleciendo la identificación temprana, la intervención y la protección de las víctimas.
Como parte de la investigación, la Comisión también evaluará la cantidad de referidos, si alguno, realizados por las instituciones médico-hospitalarias a la Policía de Puerto Rico por sospecha razonable de estrangulamiento o asfixia no letal, así como la respuesta brindada por las agencias encargadas de atender y procesar estos casos.
De igual forma, la resolución persigue identificar posibles áreas de mejora en la política pública vigente y examinar distintos escenarios que puedan surgir en torno a esta modalidad de maltrato, de manera que cualquier acción legislativa futura responda a las realidades que enfrentan las víctimas y fortalezca los mecanismos de prevención, intervención y justicia.
La Comisión de Seguridad Pública estará facultada para citar a funcionarios públicos, agencias gubernamentales, entidades privadas, organizaciones sin fines de lucro y cualquier persona o institución con conocimiento sobre los asuntos objeto de la investigación. Además, podrá solicitar documentos, informes, estadísticas y cualquier otra información pertinente para el desarrollo de sus trabajos.
La resolución dispone que la Comisión rinda informes parciales con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, así como un informe final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.

