La Fortaleza, San Juan, Puerto Rico – 7 de agosto de 2026 – La gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto del Senado 1012 ahora la Ley 170-2026, de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y de la coautoría de los senadores Joanne Rodríguez Veve, Héctor G. González, Brenda Pérez, Luis D. Colón, Wilmer Reyes y Jeison Rosa, convirtiéndolo en ley para fortalecer la continuidad de las operaciones marítimas en Puerto Rico ante contingencias que afecten la emisión de documentación federal para embarcaciones.
La nueva legislación enmienda la Ley 430-2000, conocida como la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”, para facultar al secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a extender, de manera temporera, la vigencia del marbete o autorización de navegación de aquellas embarcaciones documentadas por el Gobierno Federal cuando, por razones ajenas al control de sus propietarios, las agencias federales competentes no puedan emitir o renovar los certificados de documentación requeridos.
La medida responde a situaciones extraordinarias, como cierres del Gobierno Federal, desastres naturales, emergencias de salud pública o interrupciones tecnológicas, que pueden paralizar los procesos administrativos del United States Coast Guard National Vessel Documentation Center (NVDC), impidiendo que propietarios que han cumplido con todos los requisitos legales puedan renovar oportunamente sus marbetes ante el DRNA.
Con esta legislación, el Gobierno de Puerto Rico establece un mecanismo ágil y razonable para proteger a los propietarios de embarcaciones de sanciones injustas y evitar interrupciones innecesarias en actividades esenciales para la economía de la isla, incluyendo el turismo náutico, la pesca recreativa, el transporte marítimo de corta distancia y otras actividades vinculadas al desarrollo de las comunidades costeras.
La ley dispone que el secretario del DRNA podrá conceder una extensión temporera de hasta noventa (90) días, o mientras dure la interrupción de los servicios federales, lo que ocurra primero. Para ello, el propietario deberá demostrar que presentó oportunamente su solicitud de renovación ante la agencia federal correspondiente o evidenciar el impedimento administrativo que impide la expedición del certificado. Una vez restablecidos los servicios federales, el propietario tendrá treinta (30) días para presentar la documentación actualizada al DRNA y mantener la vigencia del marbete.
Asimismo, la legislación autoriza al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a implantar las disposiciones de la ley mediante orden administrativa, carta circular o reglamentación, asegurando una respuesta rápida y efectiva cuando ocurran contingencias que afecten la expedición de documentos federales.
“La seguridad marítima y la continuidad de las actividades económicas que dependen de nuestras aguas no pueden verse afectadas por circunstancias fuera del control de nuestros ciudadanos. Con esta ley brindamos certeza jurídica, protegemos a los navegantes que cumplen con la ley y dotamos al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de las herramientas necesarias para responder con agilidad ante emergencias o interrupciones administrativas federales”, expresó la gobernadora Jenniffer González Colón.
Asimismo, la gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto del Senado 213 ahora ley 169-2026, de la autoría de la senadora Nitza Morán, convirtiéndolo en ley. La medida enmienda la Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico para ampliar la definición de equipos electrónicos e incluir los equipos portátiles de energía solar renovable, como sistemas fotovoltaicos (PVS), sistemas de almacenamiento en baterías (BSS), baterías de iones de litio de vehículos eléctricos, cargadores y otros componentes relacionados que requieran procesos especializados de reciclaje o disposición. Además, actualiza la ley para atemperarla a la reorganización del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), fortaleciendo la política pública de manejo responsable de residuos electrónicos y promoviendo una infraestructura adecuada para el reciclaje y la disposición ambientalmente segura de estas tecnologías.
Otra de las medidas fue el Proyecto del Senado 782 (P. del S. 782), de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, convirtiéndolo en la Ley 171-2026, con el propósito de fortalecer la estructura, funcionamiento y capacidad operacional de los cuerpos de Policía Municipal en Puerto Rico.
La nueva ley enmienda el Código Municipal de Puerto Rico, Ley 107-2020, para aclarar que el Comisionado de la Policía Municipal será considerado un funcionario del orden público, conforme a las Reglas de Procedimiento Criminal, y realiza diversas modificaciones dirigidas a mejorar la ejecución de los deberes y funciones de estos cuerpos de seguridad.
Entre sus disposiciones, la Ley 171-2026 incorpora al sistema uniforme de rangos de la Policía Municipal la figura de Subcomisionado o Comisionado Asociado, que constituirá la máxima línea de supervisión dentro de dicho sistema. Asimismo, reduce de cuatro a dos años el término mínimo de servicio requerido para que determinados miembros puedan ser considerados para ascensos a los rangos de Capitán, Inspector, Comandante y Subcomisionado o Comisionado Asociado.
La legislación también dispone que, una vez culminado su adiestramiento, los miembros de la Policía Municipal deberán prestar servicios en el municipio por un término no menor de tres años antes de solicitar traslado a otro municipio o al Cuerpo de la Policía de Puerto Rico. Además, establece mecanismos para el reembolso de los costos de preparación cuando un agente se traslade a otro municipio dentro del periodo dispuesto por ley.
El Proyecto del Senado 51, de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y del senador Wilmer Reyes Berríos, se convirtió en la Ley 172-2026. La medida enmienda la Regla 23.1 de Procedimiento Civil para extender la protección de la doctrina del producto del trabajo (work product) del abogado a los borradores de informes preparados por personas peritas y a determinadas comunicaciones entre abogados y peritos, fortaleciendo la confidencialidad de la estrategia legal durante los litigios.
Asimismo, el Proyecto del Senado 665, de la autoría de la senadora Roxanna Soto Aguilú y en coautoría de los senadores Wilmer Reyes Berríos, Rafael Santos Ortiz, Jeison Rosa Ramos, Brenda Pérez Soto, Luis D. Colón La Santa, Héctor González López, Ada Álvarez Conde, Karen Riquelme Cabrera, Ángel Toledo López y Wanda Soto Tolentino, se convirtió en la Ley 173-2026, conocida como la “Ley para el Acceso Educativo y Cultural en Instituciones Penitenciarias”. La legislación dispone que el Departamento de Educación y el Sistema de la Universidad de Puerto Rico identifiquen, cataloguen y donen al menos una vez al año libros impresos excedentes o descontinuados y en buenas condiciones para las bibliotecas de las instituciones penitenciarias, promoviendo la educación, la lectura y la rehabilitación de la población correccional.
Por otro lado, el Proyecto de la Cámara 1207 , de la autoría del presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez Núñez, y del representante Víctor Parés Otero, se convirtió en la Ley 174-2026, denominada “Ley para la Colaboración Municipal en la Instalación, Reparación, Mantenimiento y Modernización del Sistema de Alumbrado Público”. La nueva ley establece un marco para que los municipios colaboren en trabajos relacionados con el alumbrado público mediante acuerdos con el operador del sistema eléctrico y bajo la regulación del Negociado de Energía, con el propósito de acelerar proyectos, proteger los fondos disponibles y fortalecer la seguridad y resiliencia de las comunidades.
Dispone que es política pública promover la confiabilidad, resiliencia, seguridad y operación eficiente del sistema eléctrico; reconoce el alumbrado público como elemento esencial de seguridad pública, movilidad urbana y calidad de vida; y declara estos proyectos como prioritarios y de alto interés público, con aspiración de ejecución durante los próximos 3 años.
De igual forma, la gobernadora convirtió la Resolución Conjunta del Senado 123 en la Resolución Conjunta 52-2026, medida de la autoría del senador Wilmer Reyes Berríos y en coautoría de los senadores Gregorio Matías Rosario, Rafael Santos Ortiz, Nitza Morán Trinidad y Ángel Toledo López. Esta ordena designar el tramo de la carretera estatal PR-153, desde el kilómetro 6.7 hasta el kilómetro 14.4, con el nombre de José Enrique “Quique” Meléndez, exsenador por el Distrito de Guayama, en reconocimiento a su trayectoria como servidor público.
La Resolución Conjunta de la Cámara 284 se convirtió en la Resolución Conjunta 53-2026, mediante la cual se designa la carretera estatal PR-678, en el municipio de Vega Alta, con el nombre de Juan Ramón Melecio Machuca, “El Juez Melecio”, en reconocimiento a su extensa trayectoria de servicio público y a sus aportaciones al fortalecimiento de las instituciones democráticas de Puerto Rico.
Y por último, la gobernadora anunció, la firma de la Resolución Conjunta 51, antes conocida como R. C. de la C. 131, mediante la cual se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado bajo la Ley 26-2017, evaluar y disponer la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico permitido por ley de la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra en Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.
National Talent Academy forma parte del Proyecto Centro de Apoyo Sustentable al Estudiante (CASA), una escuela alternativa acelerada que atiende jóvenes de 14 a 21 años en riesgo de deserción escolar o fuera del sistema público de enseñanza. Su misión es ofrecer herramientas académicas, apoyo biopsicosocial y un ambiente seguro que promueva la superación personal y el liderazgo.La misión de dicha organización es proporcionar a estos jóvenes las herramientas necesarias para completar sus estudios, alejarlos de las calles, ofrecerles un ambiente seguro y motivarlos a superarse.
Desde 2015, la institución opera en Bayamón utilizando las instalaciones de la antigua Escuela William Rivera Ponce para ofrecer servicios educativos a jóvenes del área metropolitana. La Resolución Conjunta 51 formaliza el proceso para que el Comité evalúe y, de resultar favorable, autorice la transferencia o el negocio jurídico correspondiente dentro de un término no mayor de 90 días laborales.
No obstante, González Colón vetó las siguientes medidas: Proyectos de la Cámara 253, 272 y 1032, los Proyectos del Senado 189, 194, 298, 330, 679, 813 y las Resoluciones Conjuntas de la Cámara 252 y 300; y la Resolución Conjunta del Senado 141.
