Agentes de Inteligencia y Arrestos de Carolina intervienen con individuo fuertemente armado en Loíza

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Agentes de la Policía de Puerto Rico, adscritos a la División de Inteligencia y Arrestos de Carolina, arrestaron ayer a Abniel Cirino Pacheco, de 26 años de edad y vecino de Loíza por violación a la Ley de Armas. El arresto se logró en los predios de la gasolinera Gulf, ubicada en la carretera 187 al lado de Villa Cañona en Loíza.

Según se informó la Policía se encontraban llevando a cabo un plan de trabajo cuando observaron a dos individuos fuertemente armados en la parte posterior de la gasolinera.

Al llegar al lugar, en compañía de agentes del Distrito de Loíza para intervenir con los individuos, estos arrojaron las armas de fuego y emprendieron la huida a pie, dando inicio a un seguimiento que culminó con el arresto de Cirino Pacheco. El segundo individuo logró evadir las autoridades.

En el lugar se ocupó como evidencia:

• Un rifle tipo AK-47 Mini Draco, calibre 7.62×39, alterado para disparar de forma automática.
• Una pistola marca Glock, modelo 22, calibre .40, crema y negro, serie HZU461.
• Una pistola marca Glock, modelo 23, calibre .40, negro con grip rojo, alterada para disparar de forma automática.
• Dos (2) cargadores para rifle calibre 7.62×39 (uno color crema y uno color negro).
• Siete (7) cargadores para pistola Glock calibre .40.
• Ciento treinta (130) municiones calibre .40.
• Sesenta y seis (66) municiones calibre 7.62×39.
• Una (1) máscara color negra con el logo de Nike.

El caso se consultó con la fiscal Iliana Espada, de la Fiscalía de Carolina, quien instruyó la radicación de los siguientes artículos de la Ley de Armas:

Portación, Posesión o Uso Ilegal de Armas Largas Semiautomáticas, Automáticas o Escopeta de Cañón Cortado – Artículo 6.09
Fabricación, Distribución, Posesión y Uso de Municiones; Importación de Municiones -Artículo 6.22
Portación, Transportación o Uso de Armas de Fuego sin Licencia – Artículo 6.05
Disparar o Apuntar Armas de Fuego – Artículo 6.14

Y Uso de máscara con el fin de evitar la identificación durante la comisión de un delito (Artículo 248A del CP).

Posteriormente, la prueba se presentó ante la jueza Rebecca Vera Ríos, del Tribunal de Carolina, quien determinó causa probable para arresto conforme a la Regla 6 de Procedimiento Criminal y le señaló una fianza de $50 mil, la cual prestó mediante el Programa de Servicios con Antelación al Juicio (PSAJ). Se impuso el uso de grillete electrónico como condición de la fianza.

La agente Karla Faris, bajo la supervisión del sargento Omar Cuevas, tuvo a su cargo la intervención.

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