“Cuando se trata del uso de fondos públicos, no hay espacio para ocultar
información, ni excusas para incumplir”.
(San Juan, Puerto Rico, 17 de abril de 2026) – El Tribunal de Primera Instancia ordenó al
Departamento de Hacienda cumplir con la entrega de información solicitada por el Senado de Puerto
Rico en un término de 48 horas, tras concluir que el requerimiento responde a un ejercicio válido de su
autoridad constitucional.
La determinación, emitida en el caso Senado de Puerto Rico, Ex parte, SJ2026CV02172, también
establece que la información requerida no es de carácter confidencial. La Resolución, emitida por la
Hon. Iris L. Cancio González, Jueza Superior, reafirma el alcance del poder investigativo de la Asamblea
Legislativa y su rol en la fiscalización del uso de fondos públicos.
La decisión establece con claridad que el Senado actuó en el ejercicio de su autoridad constitucional y
que el requerimiento de información “se fundamenta en su amplio poder investigativo y que cualquier
acción que reduzca ese poder afecta la doctrina de separación de poderes e impide la fiscalización
necesaria sobre el manejo de fondos públicos”.
El presidente del Senado sostuvo que la determinación valida la posición del cuerpo legislativo. “El
Tribunal confirmó lo que hemos sostenido desde el primer día. El Senado tiene la facultad constitucional
para investigar y fiscalizar el uso de fondos públicos. Esa responsabilidad no se negocia”, expresó Rivera
Schatz.
La Resolución también establece que “como rama con igual poder, el Senado de Puerto Rico cuenta con
un margen legítimo de acción que no debe menoscabarse salvo exista una violación clara a derechos
constitucionales”, y añade que, en este caso, “la información solicitada no compromete el derecho de
intimidad ni invade esferas protegidas”, por lo que corresponde permitir el ejercicio de la función
fiscalizadora legislativa.
Asimismo, la determinación enfatiza que negar acceso a información básica necesaria para verificar el
cumplimiento contractual equivale a impedir la fiscalización y obligar al Senado a operar “en la
oscuridad”, lo que resulta incompatible con el orden constitucional.
“Cuando se trata del uso de fondos públicos, no hay espacio para ocultar información, ni excusas para
incumplir. Se trata de cumplir con el deber de proteger los fondos del pueblo y garantizar que los
contratos del gobierno se ejecuten conforme a la ley. Vamos a seguir ejerciendo esa función con
firmeza”, añadió el Presidente del Senado.
El Tribunal también reafirmó que la contratación gubernamental está revestida del más alto interés
público y que la Asamblea Legislativa cuenta con un margen legítimo de acción para investigar y requerir
información, siempre que no se vulneren derechos constitucionales, lo que en este caso no ocurre.

