viernes, febrero 6, 2026

Sin base penal para un FEI contra Secretario del DRNA, por emisión de Orden Administrativa sobre La Parguera

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6 de febrero de 2026 SAN JUAN – Luego de un extenso y minucioso análisis sobre una
Investigación preliminar realizada por el Departamento de Justicia (DJPR)  a través de su División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC), él Panel sobre el  FE] concurrió con la recomendación remitida por la Hon. Lourdes L. Gómez Torres, Secretaria del DJPR y no designó a un Fiscal Especial Independiente sobre actuaciones del Hon. Waldemar Quiles Pérez, Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA).

 

El asunto nace de una querella presentada por el Hon. Luis Javier Hernández Ortiz, Senador, contra Quiles Pérez, tras conocer de la emisión de la Orden Administrativa Núm. 2025-01 del DRNA, la cual, a su juicio, tenía el efecto práctico de favorecer a propietarios de estructuras ubicadas en la Reserva Natural de La Parguera, que mantenían querellas administrativas pendientes, al ordenar o facilitar el archivo de dichos casos.

Consideró el legislador que ello podía constituir una intervención indebida en las operaciones gubernamentales, incumplimiento del deber, negligencia en el cumplimiento del deber, perjurio y una posible infracción a la Ley de Ética Gubernamental, al facilitar que personas privadas conservaran él disfrute exclusivo de terrenos y aguas de dominio público, sin que sé resolvieran las violaciones administrativas pendientes. Posterior a presentar la querella, Hernández Ortiz solicitó y obtuvo que se convocará una Comisión Total del Senado sobre el Asunto, en la que Participó el Secretario del DRNA y estuvo presente el Lcdo. Samuel Acosta Camacho, asesor que elaboró la orden administrativa en cuestión. Las declaraciones vertidas en la misma fueron incluidas en la evaluación de la controversia.

La pesquisa, evalúo el testimonio de la exsecretaria del DRNA, Anaís Rodríguez Vega, quien indicó que se negó a firmar un borrador de orden administrativa y lo refirió para evaluación legal, así como la declaración del licenciado Samuel Acosta Camacho, quien reconoció haber redactado el borrador original e incorporado por iniciativa propia el lenguaje sobre el archivo de casos administrativos.

El Departamento de Justicia concluyó que Quiles Pérez no fue el autor conceptual ni jurídico de la orden administrativa y que no existía prueba suficiente para sostener violaciones a la Ley de Ética Gubernamental, perjurio ni delitos del Código Penal, al no acreditarse intención criminal ni beneficio indebido.

El Panel resolvió no designar un Fiscal Especial Independiente, aunque remitió copia de la resolución a la Oficina de Ética Gubernamental para la continuación de una investigación administrativa relacionada con los mismos hechos, de acuerdo a los procesos éticos.

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