Además, se aprobó proyecto del presidente del Senado para mejorar servicios a personas con autismo
(El Capitolio)– En Sesión Ordinaria, el Alto Cuerpo dio paso a tres medidas de administración dirigidas a fortalecer la protección de poblaciones vulnerables y modernizar procesos jurídicos en Puerto Rico, mediante la evaluación de los Proyectos del Senado 859 y 925, así como el Proyecto de la Cámara 972.
El Proyecto del Senado 859 (A-085), propone enmendar las Reglas de Procedimiento Criminal para permitir que adultos mayores víctimas de delitos puedan ofrecer su testimonio fuera de sala mediante el uso de sistemas de circuito cerrado. La medida responde a la necesidad de proteger la integridad física y emocional de esta población, evitando la revictimización durante los procesos judiciales.
“En una sociedad con una población cada vez más envejecida, es imperativo que las instituciones judiciales se adapten a las nuevas realidades demográficas. Facilitar la declaración mediante circuito cerrado no solo responde a una necesidad individual, sino que también refuerza la accesibilidad y la equidad del sistema de justicia”, cita la medida en su exposición de motivos.
En un turno, la senadora de mayoría Roxanna Soto Aguilú, se expresó a favor de la medida. “Usualmente cuando se solicita que un testigo de su testimonio bajo juramento en un tribunal pida el circuito cerrado sea precisamente para evitar que exista mayor vulnerabilidad, ya sea para no querer testificar por temor de amenaza o ese temor reverente que tú le puedes tener a una persona si está al lado tuyo. Usualmente en Puerto Rico los mayores casos de explotación financiera que se han visto en los tribunales tienen que ver con personas que han estado en centros de cuido privados o por sus propios familiares”.
Por su parte, el Proyecto del Senado 925 (A-102), introduce enmiendas a la Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos, incorporando nuevas definiciones y estableciendo mecanismos adicionales de protección. Entre sus disposiciones, se destaca la creación de un proceso para solicitar órdenes de protección ante violaciones de derechos, la tipificación de nuevos delitos relacionados con el maltrato y la negligencia, así como la imposición de penalidades para quienes incumplan dichas disposiciones.
El informe del proyecto menciona que la exposición de motivos destaca que, si bien la Ley Núm. 238-2004, reconoce expresamente el derecho a recibir protección contra negligencia, maltrato, perjuicio, abuso o descuido no se ha establecido un trámite procesal particular que permita a las víctimas acudir al Tribunal para solicitar remedios inmediatos y preventivos frente a esas conductas. Asimismo, señala que tampoco se han tipificado de manera específica ciertas conductas ni se han dispuesto penalidades particulares por la violación de órdenes de protección dirigidas a salvaguardar los derechos de las personas con impedimentos o diversidad funcional.
Asimismo, recibió aval el el Proyecto de la Cámara 972 (A-082), que busca modernizar la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria y las Reglas de Procedimiento Civil, con el propósito de agilizar los procesos registrales, reducir costos en las transacciones legales y actualizar los requisitos para el nombramiento de registradores de la propiedad.
Con las enmiendas aquí propuestas se facilita el tráfico jurídico de los bienes inmuebles en Puerto Rico y se minimizan los costos de estas transacciones, sin menoscabo del principio de legalidad que debe regir de forma especial en todo trámite ante el Registro de la Propiedad. Además, se hace menos oneroso para el público y para los notarios autorizantes, el proceso de subsanar un defecto encontrado por el Registrador en su proceso de calificación”, menciona la exposición de motivos de la pieza legislativa.
Además, el Alto Cuerpo aprobó el Proyecto del Senado 997, de la autoría del presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, para enmendar la “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”. Esto con el propósito de mejorar la calidad de los servicios y la coordinación interinstitucional que recibe esta población.
“Esta Ley reafirma el compromiso del Gobierno de Puerto Rico con la equidad, la inclusión y la justicia social hacia las personas con el Trastorno del Espectro de Autismo. Las modificaciones aquí propuestas buscan optimizar la implantación de la política pública establecida en la Ley 163-2024, garantizando que las intervenciones sean integrales, coordinadas y basadas en la ciencia y que respondan a las necesidades reales”, expresa la medida en su exposición de motivos.
La pieza legislativa propone actualizar la terminología contenida en la ley vigente, atemperándola a los criterios del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5), con el fin de garantizar uniformidad en la identificación y atención de las personas con autismo. De igual manera, refuerza la composición de los equipos interdisciplinarios que ofrecen servicios en los Centros de Autismo, asegurando una atención más integral y especializada. También clarifica las funciones y competencias entre el Coordinador Interinstitucional de Servicios y el Comité Interinstitucional, con el objetivo de mejorar la eficiencia en la prestación de servicios.
Por otra parte, se le dio paso al Proyecto del Senado 906, del portavoz de mayoría, Gregorio Matías Rosario, para enmendar la “Ley de la Oficina de Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico”; y la “Ley de Facilidades de Salud”. A fin de requerir que exista un intérprete de señas en sus instituciones para asistir a las personas sordas en sus interacciones médicas.
La medida sostiene que la Asamblea Legislativa entiende indispensable en aras de cumplir con la disposición constitucional de la dignidad del ser humano y su derecho estatutario de mantener confidencialidad y privacidad al momento de que medie una interacción médica el requerir la presencia de intérpretes de señas. “Es decir, las facilidades de salud, tanto del Gobierno como privadas, tendrán como requisito para la concesión de su licencia de funcionamiento, el acreditar la existencia en sus instituciones de intérpretes de señas para los pacientes que soliciten sus servicios”.
A su vez, fue aprobada la Resolución Conjunta del Senado 139, de la senadora de mayoría, Roxanna Soto Aguilú. La medida ordena al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado. Esto con detalles sobre los recursos disponibles para adiestramientos a familias en cumplimiento de planes de reunificación familiar. Asimismo sobre el número actual de menores removidos de sus hogares y ubicados en albergues que participan en planes de reunificación familiar, desglosado por género y edad.
Soto expresó que la razón de la investigación es porque los 2,152 niños que tiene custodia el Departamento de la Familia no tienen voz. “Porque el Partido Nuevo Progresista, dentro de su plataforma de gobierno tiene 22 renglones, la mayoría de ellos va dirigida a atender temas sobre la unidad familiar. Estos niños sin rostros, de los cuales yo estoy hablando en el día de hoy, esta Asamblea Legislativa hoy no tiene visibilidad de ellos. A mí lo que me interesa saber es la efectividad, la disponibilidad y, sobre todo, si hay necesidad de redirigir esfuerzos humanos e intelectuales”.
También, se aprobó el Proyecto de la Cámara 243, para demarcar las Calles Palma y Gonzalo Marín de Arecibo como “Zona de Turismo Gastronómico”, que se conocerá como “Corredor Gastronómico Arasibo en la Villa del Capitán Correa”. Igualmente, el Proyecto de la Cámara 845, para declarar el mes de junio de cada año como el “Mes para Promover la Donación de Sangre en Puerto Rico”.

