(martes, 21 de octubre de 2026; El Capitolio, Puerto Rico)- En aras de incentivar la actividad comercial y promover la reutilización de estructuras abandonadas, el representante del Distrito 6, Ángel Morey Noble, radicó una medida que propone eximir del pago de contribuciones sobre ingreso durante un periodo de diez años a quienes rehabiliten estas propiedades.
La propuesta, “Ley para Incentivar la Rehabilitación de Estructuras Comerciales Abandonadas y Estorbos Públicos”, establece un incentivo contributivo condicionado a la rehabilitación de estructuras comerciales que lleven cinco años o más desocupadas y en desuso, o que hayan sido declaradas estorbos públicos, siempre y cuando vuelvan a destinarse al arrendamiento comercial.
“Tenemos estructuras comerciales que llevan años cerradas y deteriorándose, mientras nuestras comunidades enfrentan las consecuencias de tener espacios abandonados que podrían estar generando actividad económica y evitar convertirse en un problema para los municipios. Esta medida busca incentivar la inversión para rehabilitarlas, devolverlas al mercado comercial y crear nuevas oportunidades para los municipios. Además estamos dándole una asistencia adicional y oportunidades a nuestros comerciantes”, expresó Morey Noble.
El proyecto dispone que, para cualificar, el propietario deberá invertir en las obras de rehabilitación al menos $150,000 o el 30 % del valor de tasación de la estructura, incluido el terreno, antes del comienzo de los trabajos, lo que resulte mayor. La inversión deberá acreditarse mediante una certificación de un contador público autorizado, acompañada de los contratos, las facturas y la evidencia de pago correspondientes.
El beneficio contributivo aplicaría a la renta recibida o acumulada por el arrendamiento comercial durante diez años, contados desde el primer pago de alquiler posterior a la expedición del permiso de uso. La exención abarcaría los ingresos procedentes del alquiler de la estructura rehabilitada, incluso si se arrienda por partes o a más de un inquilino.
La propuesta también contempla que, si la propiedad se vende durante el período de exención, el nuevo dueño pueda beneficiarse del incentivo por el término restante, siempre que mantenga la estructura destinada al arrendamiento comercial y cumpla con el requisito de notificar la transferencia al Departamento de Hacienda.
“Rehabilitar una estructura comercial requiere una inversión considerable. Con esta propuesta buscamos que el incentivo contributivo sea una herramienta para viabilizar esos proyectos y que las obras generen movimiento económico a través de la construcción, la contratación de servicios y la compra de materiales”, añadió el legislador.
La medida también establece que los propietarios acogidos al beneficio y los comercios que ocupen las estructuras rehabilitadas continuarán sujetos al pago de las patentes municipales y los arbitrios de construcción correspondientes. Asimismo, no los exime de las contribuciones sobre la propiedad ni de otros impuestos, contribuciones o derechos aplicables.
Como parte de los mecanismos de fiscalización, y manteniendo la transparencia en la información, el proyecto requiere que el secretario del Departamento de Hacienda presente anualmente, no más tarde del 31 de marzo, un informe sobre la implementación de la ley. El documento deberá detallar, por municipio, los certificados de exención expedidos, la inversión realizada en las obras de rehabilitación y el monto estimado de las contribuciones sobre ingresos eximidas. También incluirá información sobre las certificaciones municipales expedidas y los arbitrios de construcción y las patentes atribuibles a las estructuras rehabilitadas.
