[San Juan, Puerto Rico] – Mediante Sentencia emitida el 16 de mayo de 2025, en un grave golpe a la transparencia y equidad de los procesos democráticos en Puerto Rico, el Tribunal Supremo ha avalado la constitucionalidad de disposiciones clave del Código Electoral de 2020 que discriminan de manera injustificada y alarmante contra partidos políticos minoritarios como Proyecto Dignidad. Esta decisión representa un severo retroceso para la democracia puertorriqueña y perpetúa un sistema que privilegia a los partidos mayoritarios mientras aparta a las minorías de una representación equitativa en la administración de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).
Este es un esquema desigual que compromete nuestro sistema democrático, pues el fallo se basa en la afirmación errónea de que las disposiciones impugnadas no crean clasificaciones sospechosas ni violan los derechos fundamentales de igualdad y libre asociación. Contrario a esta conclusión, en opiniones disidentes el juez Estrella Martínez y el juez Colón Pérez, a las que se unió la juez presidente Oronoz Rodríguez, destacaron que estas disposiciones generan clasificaciones arbitrarias entre partidos políticamente similares, afectando directamente la representación efectiva de los electores de Proyecto Dignidad. Este esquema compromete la esencia misma de la democracia al consolidar el dominio de los partidos mayoritarios y restringir los espacios de pluralidad política.
El trasfondo histórico de estas disposiciones legislativas tampoco ha justificado de forma clara el porqué de estas limitaciones. Según nuestra constitución, todo partido que haya superado el umbral de votos necesarios para mantener su franquicia electoral merece tener igualdad de voz y representación en la CEE. Sin embargo, el esquema actual limita deliberadamente la participación continua de ciertos partidos, ignorando el principio básico que sostiene que «el sistema electoral no es un gasto, sino una inversión vital para garantizar la democracia en Puerto Rico».
Según Proyecto Dignidad, esta es una decisión que debilita los derechos fundamentales. “Es imperativo subrayar que este fallo no solo afecta a Proyecto Dignidad. Afecta a cada elector que anhela un sistema verdaderamente inclusivo, donde su voto no sea solo un acto simbólico, sino un verdadero instrumento de representación. Limitar la representación equitativa de los partidos disminuye la fiscalización, desvirtúa el espíritu de colaboración democrática y erosiona la confianza ciudadana en nuestras instituciones.”, sentenció el presidente de Proyecto Dignidad el Dr. César Vázquez Muñiz.
“Como lo mencionaron las opiniones disidentes, el Estado no logró demostrar un interés público apremiante que justificara esta exclusión desproporcionada. Este acto no solo penaliza a los partidos minoritarios, sino que también niega a los votantes su derecho a una representatividad efectiva, violando principios democráticos fundamentales.”, expresó el Comisionado electoral de Proyecto Dignidad, Juan M. Frontera Suau.
“En Proyecto Dignidad reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos fundamentales de cada ciudadano y ciudadana puertorriqueña. Esta lucha no es solo por nuestro partido, es por cada persona que cree en un sistema transparente, justo y plural. Este grave retroceso no quedará en silencio. Llevaremos nuestra voz a cada rincón de la isla, defendiendo el principio de igualdad electoral que tanto valoramos.
“Exhortamos a todos los puertorriqueños a unirse a este reclamo de justicia democrática. Hoy más que nunca, Puerto Rico necesita voces fuertes y decididas que desafíen los intentos de consolidar el poder en pocas manos.”, concluyó la Secretaria General de la colectividad, Nilda Pérez Martínez.