Portavoz cameral de Proyecto Dignidad radica resolución para investigar el cumplimiento de la Ley 63-2025, Ley para la Protección de la Salud y el Bienestar de los Menores de Edad

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[El Capitolio, San Juan, PR – 28 de agosto de 2026] La representante Lisie Burgos Muñiz,
portavoz cameral de Proyecto Dignidad, radicó la Resolución de la Cámara 785, mediante la cual se ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como la “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”, a un año de su aprobación.

La Ley 63-2025, aprobada el 16 de julio de 2025, prohíbe las intervenciones médicas y
quirúrgicas que alteren la biología del sexo de un menor de edad bajo el pretexto de una
transición de género, y prohíbe el uso de fondos públicos para financiar, promover, asistir o
avalar dichos procedimientos. La medida busca ahora determinar si esa política pública se ha
implementado de forma efectiva y uniforme por las agencias, instrumentalidades, proveedores e instituciones concernidas.

La investigación que ordena la medida abarca varios frentes: qué gestiones ha realizado el
Departamento de Salud y las demás agencias concernidas para asegurar el cumplimiento del
estatuto; si, a pesar de la prohibición, se han llevado a cabo prácticas, tratamientos o
intervenciones vedadas por la Ley; cómo marcha la implementación de los programas de
educación y sensibilización que la Ley requiere; y qué protocolos, reglamentos, órdenes
administrativas o mecanismos de supervisión y auditoría se han adoptado hasta la fecha. La
Resolución dispone, además, que este proceso deberá llevarse a cabo con estricto respeto a la
privacidad y confidencialidad de los pacientes, y en especial a la identidad de los menores de
edad involucrados.

La Comisión de Salud deberá rendir a la Cámara de Representantes un informe con sus
hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo las acciones legislativas y
administrativas que deban adoptarse, en un término no mayor de ciento ochenta (180) días luego de aprobada la Resolución.

“La Ley 63-2025 representó un avance en la protección de nuestra niñez ante prácticas médicas
irreversibles, pero una ley solo es tan fuerte como su cumplimiento. Con esta Resolución
buscamos asegurarnos de que las agencias concernidas estén cumpliendo con su responsabilidad, identificar cualquier laguna en la fiscalización y, de ser necesario, fortalecer la ley para continuar protegiendo a nuestros menores”, expresó la representante Burgos Muñiz.
La Resolución de la Cámara 785 fue presentada el jueves, 27 de agosto de 2026, y se encuentra pendiente de ser referida a comisión para su evaluación y consideración dentro del proceso legislativo.

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