Negociado de Energía reduce impacto del ajuste trimestral y evita trasladar $13.3 millones en costos asociados al suministro de combustible a los consumidores (documento)

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30 de junio de 2026- San Juan, Puerto Rico – El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público aprobó hoy los factores anuales y trimestrales de la Tarifa Permanente de la Autoridad de Energía Eléctrica que entrarán en vigor el 1 de julio de 2026, incluyendo una serie de determinaciones dirigidas a proteger el interés público y mitigar el impacto de los costos energéticos sobre los consumidores.La intervención del regulador permitió reducir el impacto proyectado del ajuste por combustible y proteger a los consumidores de asumir costos cuya responsabilidad aún no ha sido determinada.

NEPR

 

Como parte de la evaluación de los factores trimestrales relacionados con la compra de combustible y energía, el Negociado tomó conocimiento de la volatilidad en los mercados internacionales de petróleo a raíz de las tensiones geopolíticas en el Medio Oriente. Ante ese escenario, el organismo regulador requirió a LUMA actualizar sus proyecciones para reflejar las condiciones más recientes del mercado, celebró una Conferencia Técnica y requirió información adicional a LUMA y Genera para analizar el impacto real de los cambios en los mercados energéticos internacionales antes de emitir una determinación final.

“Como resultado de dicha revisión, LUMA presentó una propuesta revisada con un factor de ajuste menor al originalmente solicitado”, establece el documento.

De 2.34 centavos el kWh que había solicitado originalmente Luma para el ajuste trismestral, el Negociado de Energía determinó un ajuste de 1.34 centavos por kWh.

Asimismo, el Negociado evaluó ciertos gastos asociados al suministro de gas natural y determinó diferir $13.29 millones relacionados con insuficiencias en el suministro de combustible económico por parte de New Fortress y Naturgy, evitando que dichos costos fueran trasladados inmediatamente a los consumidores mientras continúan los procesos de reclamación contractual correspondientes.

“Dado que la recuperación de dichos costos podría depender del resultado de ese proceso, el Negociado de Energía determinó que trasladarlos inmediatamente a los consumidores sería prematuro. Esta determinación responde al principio de prudencia regulatoria y busca evitar que los consumidores sufraguen costos cuya responsabilidad aún no ha sido definitivamente determinada”, se establece en el documento.

 

El Negociado de Energía subrayó que cuenta con mecanismos regulatorios para mitigar cualquier impacto sobre el flujo de efectivo que pueda tener el diferimiento, incluyendo la facultad de ordenar a la Autoridad retener de los pagos correspondientes a los suplidores, aquellas cuantías que permanezcan en controversia, evitando así que se desembolsen fondos cuya responsabilidad aún no ha sido determinada.

El comisionado Ferdinand Ramos Soeggard disintió con opinión escrita. En su opinión sostuvo que hubiese impuesto al consumidor en esta reconciliación el pago por $13.29 millones por concepto de los fuel vessels swaps, en lugar de haberlos diferido.

Esta Resolución y Orden se suma a otras determinaciones adoptadas recientemente por el Negociado de Energía como parte de la revisión tarifaria del sistema eléctrico que también entran en vigor el 1 de julio de 2026. Entre ellas se encuentra el rechazo a una solicitud de aumento permanente de aproximadamente $1,360 millones presentada por LUMA, Genera y la Autoridad de Energía Eléctrica; la consideración de cerca de $21,000 millones en fondos federales para la reconstrucción y modernización del sistema eléctrico; y una redistribución tarifaria más equitativa para atender los costos de pensiones.

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