Municipio de Cataño denuncia que la Oficina de la Contralora publicó informe investigativo en abierto desacato al proceso judicial ya activado ante el Tribunal de Primera Instancia

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Cataño, Puerto Rico — El Municipio de Cataño denunció hoy la actuación de la Oficina de la Contralora de Puerto Rico (“OCPR”) tras publicar un informe investigativo contra el Municipio aun cuando el asunto se encontraba formalmente ante la consideración del Tribunal de Primera Instancia y existía una Orden de Mostrar Causa emitida por el Tribunal requiriéndole expresamente a la OCPR justificar por qué no debía concederse el remedio solicitado por el Municipio: impedir precisamente la publicación del informe sin antes brindarle la oportunidad de confrontarlo y comentarlo mientras se resolvía la controversia judicial presentada.

La actuación de la OCPR representa un desafío directo al proceso judicial y a la autoridad del Tribunal.

El Municipio presentó un recurso de Mandamus luego de que la OCPR se negara a permitir siquiera una revisión limitada y confidencial del borrador del informe antes de su divulgación pública. Ante los planteamientos presentados, el Tribunal intervino formalmente, acortó términos y ordenó a la OCPR comparecer dentro de cinco días para mostrar causa por la cual no debía concederse el remedio solicitado. Ese remedio era claro: detener la divulgación del informe mientras el Tribunal evaluaba los planteamientos levantados por el Municipio.

La OCPR tenía conocimiento pleno de la demanda, de la Orden emitida y de la controversia judicial activa. Sin embargo, en lugar de comparecer primero ante el Tribunal y respetar el proceso judicial en curso, decidió publicar el informe de todas formas, haciendo exactamente aquello que el Tribunal estaba evaluando impedir.

No se trató de un acto administrativo ordinario. Se trató de una actuación deliberada que tuvo el efecto práctico de derrotar el remedio solicitado, hacer irreparable el daño y convertir en académica la controversia antes de contestarle al Tribunal.

Cuando un Tribunal emite una Orden de Mostrar Causa sobre un remedio específico, las agencias del Ejecutivo no tienen licencia para ignorar el proceso judicial y actuar unilateralmente como si la intervención judicial fuera irrelevante. El respeto a la separación de poderes exige precisamente lo contrario.

Más aún, esta actuación ocurre dentro de un contexto profundamente preocupante.

Previo a la divulgación del informe, el Municipio levantó cuestionamientos documentados sobre la objetividad, parcialidad y conducta de uno de los auditores participantes en la investigación, incluyendo alegaciones sustentadas mediante declaraciones juradas relacionadas con actuaciones incompatibles con un proceso imparcial y objetivo.

La propia OCPR reconoció oficialmente que realizó una investigación interna y que, como resultado de esta, surgieron recomendaciones y acciones correctivas relacionadas con esos planteamientos. Sin embargo, nunca informó cuáles fueron las irregularidades identificadas, qué conducta fue validada, cuáles fueron las medidas correctivas adoptadas ni cómo se protegió la integridad del proceso investigativo antes de divulgar públicamente el informe.

A pesar de reconocer internamente problemas que ameritaron acciones correctivas, la OCPR procedió a publicar el informe mientras el asunto permanecía activamente ante el Tribunal y sin permitirle al Municipio la oportunidad mínima de revisar, comentar o responder oficialmente a los hallazgos antes de su divulgación pública.

La secuencia completa de actuaciones resulta alarmante: primero surgen cuestionamientos serios sobre parcialidad investigativa; luego la propia OCPR reconoce irregularidades y acciones correctivas; posteriormente se niega acceso al borrador del informe; después se emite una nueva Carta Circular expandiendo arbitrariamente el alcance de la confidencialidad investigativa apenas días después de las reclamaciones del Municipio; y finalmente se publica el informe aun cuando el Tribunal ya había asumido jurisdicción y ordenado a la OCPR explicar por qué no debía impedirse precisamente esa publicación.

La controversia nunca ha girado en torno a evitar fiscalización ni ocultar información pública. Todo lo contrario. El Municipio siempre ha sostenido que toda investigación gubernamental debe conducirse con objetividad, transparencia y respeto a principios elementales de debido proceso, particularmente cuando se trata de señalamientos que afectan institucionalmente a un municipio, a funcionarios públicos y a la confianza ciudadana.

Lo ocurrido hoy compromete seriamente esos principios. La actuación de la OCPR privó al Municipio de esa oportunidad mínima de participación procesal y provocó la divulgación de un informe sin incluir la posición oficial del Ayuntamiento, aun cuando el Tribunal estaba evaluado precisamente ese planteamiento.

La OCPR no puede colocarse por encima de los procesos judiciales ni actuar de manera que vacíe de contenido la autoridad de los tribunales mediante actuaciones unilaterales dirigidas a frustrar el remedio solicitado ante el foro judicial.

Aquí no está en juego únicamente un informe. Está en juego el respeto a la autoridad constitucional de los tribunales, a la separación de poderes y a los principios mínimos de equidad y debido proceso que deben regir toda actuación gubernamental. En síntesis, la OCPR presentó un informe viciado, incompleto y deficiente, producto de una investigación carente de transparencia y de elementos esenciales del proceso, lo que a su vez limitó el derecho del Municipio a responder a los alegados hallazgos previo a su divulgación pública.

El Municipio de Cataño continuará ejerciendo todos los remedios disponibles en derecho para atender esta actuación, proteger sus garantías procesales y defender la integridad institucional del Municipio y de los procesos judiciales de Puerto Rico.

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