Fuerte ofensiva de la Procuradora de las Mujeres para garantizar derechos de lactantes en el gobierno y la empresa privada

(viernes, 6 de junio de 2025 – San Juan, P.R.) – La procuradora de las Mujeres, Lcda. Astrid Piñeiro, reafirmó su compromiso y el de la administración de la gobernadora Jennifer González, de garantizar los derechos de las madres lactantes y promover espacios adecuados en todos los entornos públicos y privados. “La ley de lactancia en Puerto Rico es un paso fundamental para proteger y empoderar a las madres, asegurando que puedan amamantar a sus hijos en ambientes dignos, seguros y convenientes”, afirmó Piñeiro.

A tono con esto, se han iniciado una serie de operativos de inspección en oficinas gubernamentales y empresas privadas para verificar que los salones de lactancia cumplan con los requisitos señalados en la normativa vigente. “Estos espacios deben ofrecer privacidad, higiene, seguridad, y comodidades básicas como ventilación, mobiliario adecuado y acceso constante. Es fundamental que las madres puedan lactar sin obstáculos, en un entorno que garantice su bienestar y el de sus bebés”, explicó la procuradora.

La Ley de Lactancia en Puerto Rico establece que los salones deben ser espacios exclusivos que brinden privacidad y seguridad, con cerradura. Además, según las Guías para la Habilitación de Salas de Lactancia de la OPM, estos espacios deben contar con silla cómoda, ventilación adecuada, toma eléctrica para bombas de leche, refrigerador para almacenamiento temporal y disponibilidad continua, como parte de los estándares mínimos de cumplimiento tanto en el sector público como privado. La ley también requiere que las madres presenten una certificación médica a los 4 y 8 meses del infante para continuar recibiendo el beneficio compensado; de no presentarse, el patrono no está obligado a pagar ese tiempo, aunque sí debe permitir el uso del período de lactancia sin paga.

“Desde la OPM, continuamos desarrollando iniciativas dirigidas a mejorar la calidad de vida de todas las mujeres puertorriqueñas. Ciertamente el promover herramientas que nos ayuden a cumplir nuestra misión de asegurar el desarrollo pleno de las mujeres, promover la igualdad y la equidad mientras erradicamos todas las manifestaciones de discrimen y violencia, fomentamos y hacemos cumplir las políticas públicas que garantizan los derechos humanos de las mujeres, es una prioridad. Asimismo, mediante esta iniciativa educamos en la toma de decisiones proactivas y afirmativas en defensa de los derechos de las mujeres”, detalló la también licenciada en derecho.

“Este operativo de fiscalización no busca sancionar de inmediato, sino educar y apoyar a las instituciones a cumplir con las normas. Sin embargo, si se detectan incumplimientos persistentes, procederemos con las multas correspondientes. Es una manera de asegurar que la ley cumpla su propósito de proteger los derechos de nuestras madres y promover un entorno más inclusivo y saludable”, destacó Piñeiro.

Las intervenciones se llevaron a cabo en IKON Group, municipio de San Juan y Ponce, Lotería de PR y la Directoria de Infraestructura, Ambiente y Transporte del municipio de Ponce.

La importancia de esta ley radica en reconocer el valor de la lactancia materna para la salud y desarrollo de los niños, además de promover la igualdad de derechos para las madres trabajadoras y en espacios públicos. “Nuestro objetivo es que todas las madres puedan lactar con tranquilidad, en espacios adecuados y sin discriminación. La ley es un símbolo de respeto y cuidado hacia ellas y sus hijos”, señaló la procuradora.

Sobre las multas relacionadas con el incumplimiento de la Ley de Lactancia en Puerto Rico

Existen leyes en Puerto Rico que establecen parámetros para la Lactancia Materna que obligan a las instituciones públicas y privadas a cumplir.

· Ley 95-2004: Prohíbe discrimen contra madres lactantes.

· Ley 427-2000: Obliga a patronos a permitir tiempo y espacio para lactancia o extracción.

· Ley 155-2002: Requiere habilitación de espacios de lactancia en el gobierno.

· Ley 20-2001: Da autoridad fiscalizadora a la OPM.

También se deben considerar los requerimientos del PUMP Act (2022) y el PWFA (2023), según aplicable.

La ley también especifica las sanciones en caso de incumplimiento:

• Compensación bajo la Ley 427-2000: hasta tres veces el sueldo o $3,000, lo que sea mayor.

• Multas bajo la Ley 20-2001: hasta $10,000 por cada infracción.

• Otras sanciones incluyen advertencias, suspensiones o procesos administrativos.

Es importante destacar que estas multas buscan penalizar el incumplimiento y garantizar espacios adecuados para las madres lactantes. Sin embargo, la procuradora de las Mujeres enfatiza que la prioridad en esta etapa es la educación, orientación y apoyo para promover el correcto cumplimiento de la ley. Además, la compensación a la persona lactante constituye un remedio o una forma de resarcir el daño causado por la violación de su derecho.

Por otro lado, además de las multas, las instituciones que incumplen con la ley también pueden enfrentar procesos administrativos que incluyan advertencias, restricciones o suspensión en el uso del espacio de lactancia, si no se cumplen con las regulaciones.

spot_img

Última Hora

Más Noticias