Tribunal respalda posición del PNP

(SAN JUAN, PUERTO RICO – 20 de septiembre de 2024) – El comisionado electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), licenciado Aníbal Vega Borges, reaccionó hoy satisfecho con la determinación de ‘No ha Lugar’del juez superior Raúl Candelario López, ante la demanda del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), pretendiendo extender el periodo de inscripción de los electores, más allá de mañana 21 de septiembre de 2024. Candelario López basó su decisión en el artículo 13.4 del Código Electoral que establece que el Tribunal no podrá afectar que se lleve a cabo una elección, como argumentaron el PNP y la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), en la vista celebrada ayer en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan. 

Se declara No ha Lugar la petición de revisión judicial electoral y sentencia declaratoria presentada por la comisionada electoral el MVC el 18 de septiembre”, indica el Juez en su sentencia y agrega que “MVC debió impugnar la resolución que fijó el calendario electoral dentro de los 10 días luego de emitida”, refiriéndose a la fecha del 1ro de mayo de 2023.

 “Nos sentimos satisfechos con la determinación del honorable tribunal y entendemos que es principalmente favorable para todos los electores. Esta decision nos brinda la confianza de que el calendario de trabajos de la Comisión continuará según pautado, con miras a que el 5 de noviembre se celebren los comisión electorales sin contratiempos y como exige la ley, logrando tener una clara tendencia a eso de las 6 de la tarde y que, a las 10 de la noche, pueda emitirse el primer anuncio parcial de los ganadores de las posiciones de gobernador y comisionado residente, tal y como lo estipula el Código electoral.

“… hemos observado, la Certificación presentada por la CEE el 19 de septiembre de 2024, donde los funcionarios de la oficina de Operaciones Electorales, OSIPE y JAVAA certificaron un documento cronograma que contiene la planificación y logística diseñada para el desarrollo y consecución de los trámites necesarios y las tareas relacionadas respecto a las Elecciones Generales 2024. Allí surge entre otras tareas, el cierre del registro electoral como el inicio de una serie de tareas secuenciales y críticas que debe realizar la CEE para poder efectuar la elección general 2024. Dicho cronograma y/o itinerario evidentemente ha sido confeccionado a base del término de 45 días dispuesto en la Resolución CEE-RS-23-005, y reiterada en la recurrida Resolución CEE-AC- 24-103. Por lo tanto, somos del criterio que a base del Artículo 13.4 del Código Electoral 2020, estamos impedidos de intervenir y revisar judicialmente las resoluciones recurridas. Lo contrario significaría que el tribunal estaría haciendo precisamente lo que le está prohibido por mandato de ley, interviniendo en actos o asuntos que deban comenzar o realizarse en un día u hora determinada conforme dispone el Código Electoral”, agrega el juez Candelario López.

Seguimos trabajando con el ahínco, compromiso y efectividad que merecen todos los electores, no tan solo los del PNP, sino todo el pueblo votante, para mantener la confianza en el sistema establecido por la Comisión Estatal de Elecciones y todos sus comisionados”, concluyó Vega Borges.

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