(SAN JUAN, PUERTO RICO – 11 DE SEPTIEMBRE DE 2024) – El Comisionado Electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), licenciado Aníbal Vega Borges, informó que -tal y como había solicitado al Tribunal de Primera Instancia de San Juan- prevalece la resolución original relacionada a la dirección donde le llegarían las papeletas de aquellos y aquellas que escojan ejercer su derecho al sufragio, por voto por correo o voto adelantado. Es decir, que el votante puede seleccionar la dirección domiciliaria que aparece en el registro electoral, u otra a donde quiera que le lleguen sus papeletas, por la razón que entienda pertinente; y que para eso existe un encasillado previsto en la solicitud.
La presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Jéssika Padilla Rivera, había decidido enmendar la resolución sobre ese asunto, requiriendo que toda papeleta le fuera enviada al elector a la dirección inscrita a su nombre en la CEE, independientemente de sus circunstancias o necesidades y aun habiendo una opción en la solicitud.
En vista celebrada ayer, ante el honorable juez Raúl A. Candelario López, éste dejó claro a los abogados de la Comisión Estatal de Elecciones y de los otros cuatro partidos, que el ciudadano es quien tiene el a seleccionar dónde le llagarán sus papeletas.
“La voluntad del elector prevalece, como tiene que ser. Luego de escuchar las partes, el propio juez comentó que no entendía por qué estábamos allí porque, al final, todas las partes, incluso a la Comisión Estatal de Elecciones, terminaron dándonos la razón sobre que, el derecho del elector a seleccionar cómo quiere votar es inviolable. De esta forma, le dio la razón al planteamiento que hiciéramos a nombre de nuestra colectividad y entendemos próximamente lo pondrá por escrito, revocando la enmienda y regresando a la instrucción original”, expresó el licenciado Vega Borges.
Al salir de sala, todos quedaron claros de la determinación, poniendo punto final a esta controversia relacionada con el voto adelantado o por correo.