Las fiscales especiales independientes Ileana Agudo Calderón y Zulma Fuster Troche, asignadas para investigar la querella en torno a los contratos suscritos por una corporación perteneciente al alcalde de Arecibo, Carlos “Tito” Ramírez Irizarry, con el Departamento de Educación, no encontraron pruebas que sustenten la comisión de delito, según informó hoy el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente.
La controversia estribaba en si el alcalde, ocupando su cargo oficial, había firmado contratos privados de su corporación Tito Ramírez Bus Services con una entidad pública, o si fue su hija, pero sin la autorización expresa de una resolución corporativa al efecto.
Luego que las fiscales recopilan la evidencia y entrevistar a varios testigos, se estableció que los contratos fueron suscritos por la hija del alcalde, Karla Ramírez Vilella, quien siempre fue una de las personas con capacidad legal para contratar a nombre de Tito Ramírez Bus Service.
Según el Registro Único de Licitadores de la Administración de Servicios Generales (ASG), los certificados de elegibilidad para los años 2015-2016, 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019 reflejaron que tanto el alcalde como su hija estaban autorizados para contratar.
Para los años 2021-2022 y 2022-2023, en que Ramírez ya ejercía como alcalde, el ejecutivo municipal no aparecía en el registro de ASG, sino sus hijas Karla y Letsie I. Ramírez Vilella.
“De la totalidad de la evidencia documental y testifical, según el análisis que realizaron las fiscales especiales independientes, no están presentes los elementos del delito de violación al Artículo 253 del Código Penal”, señala la resolución emitida por el Panel. Tampoco se encontró evidencia de violación a los artículos 4.2 y 4.3 de la Ley de Ética Gubernamental.
El Panel ordenó archivar el caso, no sin antes referir el asunto a la Oficina de Ética Gubernamental para cualquier determinación ulterior sobre el particular.