Panel sobre el FEI ordena archivo en caso de fiscal del Departamento de Justicia

(SAN JUAN) — El Panel sobre el  Fiscal Especial Independiente ordenó el archivo de una querella presentada contra la fiscal del Departamento de Justicia (DJPR), Nailymar Arroyo Colón. Esto, luego de evaluar los resultados de una investigación preliminar que evidencian que la funcionaria no utilizó el poder de su cargo para influenciar ciertos procedimientos investigativos y judiciales.

Este caso se relaciona con una situación de carácter familiar que incluye la custodia de un menor, hijo de la fiscal y el Sr. Joselito Tirado Rodríguez. Esta persona fue quien promovió el mencionado procedimiento.

El DJPR informó que su investigación preliminar se realizó minuciosamente y que incluyó, entrevistas a funcionarios de la Policía, de la Oficina de la Administración de los Tribunales y fiscales de ese departamento. Igualmente, obtuvo mediante subpoena, varios documentos.

En medio de la dedicada situación familiar se suscitaron hechos de acaloradas discusiones, diferencias sobre acuerdos de custodia del menor y la intervención de la Policía, cuando el señor Tirado Rodríguez solicitó someter su querella.

Agrega el informe preliminar que el señor Tirado Rodríguez acusó a su esposa de fabricar casos, incluyendo uno de asesinato, pero “indicó que tenía las pruebas de fabricación del caso aunque no los mencionó ni los suministró durante la investigación”.

De otra parte, cuando el entrevistador le inquirió repetidamente sobre el alegado abuso de poder incurrido por la fiscal, Tirado Rodríguez se limitó a mencionar cambios de hora en ciertas vistas judiciales. Asimismo, es preciso destacar que el querellante se declaró culpable en todos los procesos judiciales relacionados con este asunto. A tenor con lo antes expresado, y en consideración de otros aspectos de la pesquisa, el Panel precisa en su Resolución que:

 

  • ninguno de los testimonios que resumió se desprenden indicios de que la fiscal Arroyo Colón haya utilizado el poder de su puesto para influenciar los procesos que aquí se discuten;
  • el arresto del querellante fue ordenado par una fiscal adscrita a la región de Ponce, sin relación con la querellada;
  • los cambios en las horas de una vista son discrecionales del juez que preside los procedimientos;

“Así, acogemos la recomendación de no designar un Fiscal Especial Independiente y ordenamos el archiva definitivo de este asunto, sin trámite ulterior”, determina el Panel en su Resolución de 17 de diciembre de 2021.

spot_img

Última Hora

Más Noticias