Hacen llamado a dueños de propiedades abandonadas en Arecibo

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(El llamado es parte del programa de Estorbos Públicos municipal)

El alcalde de Arecibo, Carlos “Tito” Ramírez Irizarry hizo un llamado a los propietarios de estructuras abandonadas en el pueblo como parte del programa de Estorbos Públicos. Según detalló el ejecutivo municipal el personal a cargo del programa inició las comunicaciones correspondientes en su interés de que los propietarios se comuniquen con el personal municipal para determinar el futuro de la propiedad.

“Hace unos días el personal de la Oficina de Secretaría Municipal inició el proceso de identificar las propiedades abandonadas que fueron clasificadas como un estorbo público. Este recurso permite que los propietarios se comuniquen con el personal municipal para orientarse sobre cuáles son los recursos disponibles y cuáles son los estatutos incluidos en la Ley”, informó Ramírez Irrizary.

Según detalló Ramírez Irizarry se colocó un aviso de estorbo público en aquellas estructuras que caen bajo esta clasificación. El aviso se ampara en la Ordenanza Núm 29 Serie 2023-2024, aprobada por la Legislatura Municipal arecibeña.  “Es importante que los propietarios de las unidades se comuniquen con el personal municipal y tengan a la mano el número de caso, que encontrarán en el aviso. Esto contribuye a la fácil identificación del caso y pronta atención”, explicó Ramírez Irizarry.

El ejecutivo municipal exhortó a los ciudadanos a comunicarse al municipio de Arecibo al 787-882-2770, extensiones 1811 y 1351. También pueden comunicarse mediante la dirección de correo electrónico: estorbospublicos@arecibo.pr.gov. “Nuestro personal está listo para orientarles”, dijo Ramírez Irizarry.

Un estorbo público puede ser cualquier estructura o solar abandonado con condiciones de ruinas, falta de reparación, falta de mantenimiento o que represente un peligro para la comunidad. Los casos más comunes incluyen casas abandonadas, solares baldíos y vertederos clandestinos.  Conforme establece la Ley 27-2020, conocida como Ley para Viabilizar la Restauración de las Comunidades de Puerto Rico, los municipios están facultados para declarar estorbo público los solares abandonados, yermos o baldíos, cuyas condiciones o estado representen un peligro o sean perjudiciales a la salud de la comunidad donde están ubicados.