Gobernadora presenta medidas a favor de la Mujer una de ellas establece la “Ley del Banco de Leche Materna de Puerto Rico” (sonido)

1 de abril de 2025, La Fortaleza, San Juan, Puerto Rico- La gobernadora Jenniffer González Colón presentó nuevas medidas enfocadas en la maternidad y modernizar la Procuraduría de la Mujer.
La gobernadora hizo la presentación de los proyectos junto a la recién confirmada procuradora de las mujeres, Astrid Piñeiro y legisladoras de diversos partidos, entre ellas las senadoras Nitza Morán Trinidad (PNP), Migdalia Padilla Alvelo (PNP), Brenda Pérez Soto (PNP), Ada Álvarez Conde (PPD); las representantes Elinette González Aguayo (PNP), Omayra M. Martínez Vázquez (PNP), Vimarie Peña Dávila (PNP), Carmen Medina Calderón (PNP), Tatiana Pérez Ramírez (PNP), María de Lourdes Ramos Rivera (PNP), Gretchen Hau Irizarry (PPD), Lilibeth Rosas Vargas (PPD), Estrella Martínez Soto (PPD) y Swanny Vargas Laureano (PPD).

Del Centro Integral de Lactancia estuvieron la doctora Heidi S. Hernández Rodríguez (presidenta), doctora Astrid Seguí Rodríguez (vicepresidenta) y Angeliz J. Rivera Meléndez (directora ejecutiva).

La primera medida propone modernizar y robustecer la Ley Núm. 20-2001, que establece el marco legal de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM). En respuesta a los profundos cambios sociales, jurídicos y administrativos ocurridos en las últimas décadas, la medida busca agilizar los procesos internos de la OPM, clarificar su jurisdicción y dotarla de nuevas herramientas que fortalezcan su función fiscalizadora.

González Colón había adelantado que enmendaría la ley que crea la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) para ampliar su capacidad para proteger y vindicar los derechos de las mujeres en Puerto Rico, buscar empoderar a la mujer y que no sea solamente una oficina que se encargara de asuntos penales; que impulse además la autogestión, ampliar las oportunidades laborales, entre otros.

 

 

Una vez en ley, la OPM tendrá autoridad sobre cualquier ley que reconozca derechos a las mujeres; la Procuradora podrá delegar funciones adjudicativas en oficiales examinadores o jueces administrativos, lo que agiliza la atención y resolución de controversias; se incorpora formalmente la definición de «organización sin fines de lucro» para reconocer su rol clave en la protección de los derechos de las mujeres; se uniforman los términos de los miembros del Consejo Consultivo a tres años, y se fortalecen sus funciones como cuerpo asesor.

Las multas impuestas por la OPM se destinarán exclusivamente a una cuenta especial para ofrecer servicios directos a mujeres y organizaciones que atienden casos de alto riesgo. Se añade un nuevo Capítulo X a la ley para establecer el Programa para Garantizar la Igualdad de Oportunidades en el Empleo por Género, que obliga a las agencias públicas a desarrollar Planes de Acción Afirmativa.

La segunda   consolidando múltiples leyes existentes en un solo cuerpo legal con el fin de establecer una política pública clara, uniforme y actualizada sobre el derecho a la lactancia; para esto se derogarían y consolidarían al menos 9 leyes y disposiciones legales relacionadas con la lactancia, incluyendo las Leyes 427-2000, 155-2002, 95-2004, entre otras.

Asimismo, se reconoce la lactancia como un derecho fundamental de las madres y como una herramienta de salud pública esencial para el desarrollo infantil. El Código incluye disposiciones aplicables al sector público, privado y a la ciudadanía en general, promoviendo entornos laborales y comunitarios adecuados para la lactancia y así garantizar que las madres no enfrenten discriminación por lactar en lugares públicos o privados.

La medida establece que toda madre trabajadora tendría derecho a 1 hora diaria dentro de su jornada laboral para lactancia o extracción, sin pérdida de salario. Se imponen sanciones administrativas, civiles y penales a quienes infrinjan los derechos reconocidos por este Código. Además, se declararía agosto como el “Mes de la Concienciación sobre la Lactancia”, con actividades educativas coordinadas por el Gobierno de Puerto Rico.

La tercera medida establece la “Ley del Banco de Leche Materna de Puerto Rico” con el fin de crear una entidad sin fines de lucro adscrita al Departamento de Salud, dedicada a recolectar, procesar y distribuir leche materna donada bajo altos estándares de seguridad. Esta medida responde a la necesidad urgente de ofrecer leche materna a neonatos hospitalizados que no pueden recibirla de sus madres, y busca garantizar el acceso seguro y regulado a este alimento vital. A nivel federal se ha estado impulsando por congresistas de ambos cuerpos y ambos partidos, mayor acceso a estos bancos.

El Banco de Leche se regirá por una Junta de Directores multidisciplinaria y contará con personal capacitado para operar conforme a las guías de la FDA y la Human Milk Banking Association of North America. Para garantizar la seguridad, se implementarán protocolos comparables a los de bancos de sangre y se buscará aplicar una cobertura obligatoria por planes médicos cuando la leche sea prescrita médicamente.

La cuarta medida es busca designar el cuarto jueves del mes de abril de cada año como el “Día Oficial de las Niñas y Mujeres en STEM” en Puerto Rico, reconociendo el valor del mérito, el potencial individual y la importancia de fomentar la educación en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas como base para el progreso de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

En reunión con representantes y senadoras, la gobernadora quedó en respaldar varias medidas de diferentes partidos políticos que actualmente están en la Legislatura que son a favor de la Mujer. Entre las medidas que la gobernadora indicó que respaldaría, con enmiendas que discutirá, están PC 313, PC 165, PS 142, PS 156, PS 175, PC 205 y PS 174.

Anteriormente la gobernadora había enviado otras 4 medidas a la Legislatura relacionadas con la mujer como lo son:

A-015 – busca extender los contratos cobijados bajo la “Ley de Alianzas Público Privadas” a la construcción, mantenimiento u operación de edificaciones cuyo único propósito sea albergar a mujeres víctimas de algún delito de violencia doméstica en Puerto Rico, esto agiliza los procesos para el establecimiento de este tipo de infraestructura.

A-016 expedición de manera inmediata de una Orden de Protección por violencia doméstica cuando sea solicitada en un tribunal.

A-017 requerir que dos veces al año los jueces tomen adiestramientos sobre el tema de violencia doméstica, y sobre los cambios en políticas y procedimientos relacionados a la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” y que estos serán impartidos por la Procuraduría de las Mujeres.

A-018 busca garantizar el derecho de toda mujer a seleccionar y recibir atención directa de un ginecólogo-obstetra, adicional a su médico primario, bajo el plan de cuidado de salud al que esté acogida, hasta un año después del parto; entre otros.

A-019 propone la creación de la “Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico”, con el objetivo de reducir la incidencia de defectos congénitos del tubo neural (como la espina bífida y la anencefalia) mediante una campaña educativa continua en Puerto Rico. La legislación ordena al Departamento de Salud a liderar esta iniciativa educativa y asegurar la distribución de material informativo en todas las oficinas de ginecología y obstetricia de la Isla.

A-025 establece que cualquier persona nombrada por el Gobernador para ocupar el cargo de Procuradora de las Mujeres, en sustitución de quien haya provocado una vacante en el puesto, una vez confirmada por el Senado, dicho  nombramiento se considerará como un nuevo cargo con un término fijo de diez años.

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