El fiscal federal W. Stephen Muldrow anunció el jueves que la Oficina del Fiscal Federal para el Distrito de Puerto Rico ha implementado la nueva Política de Divulgación Voluntaria de las Oficinas del Fiscal Federal (la “Política VSD”) y la Selección del Monitor de las Oficinas del Fiscal Federal para Política Corporativa de Ejecución Penal (la “Política MS-CCE”) publicada, que entra en vigencia de inmediato.
La Política de VSD detalla las circunstancias bajo las cuales se considerará que una empresa ha hecho una auto-revelación voluntaria (VSD) de mala conducta a la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos (USAO), y brinda transparencia y previsibilidad a las empresas y la barra de defensa con respecto a la concreta beneficios y posibles resultados en los casos en que las empresas voluntariamente revelen conductas indebidas, cooperen plenamente y remedien de manera oportuna y adecuada. El objetivo de la política VSD es estandarizar cómo los USAO definen y acreditan los VSD en todo el país, e incentivar a las empresas a mantener programas de cumplimiento efectivos capaces de identificar conductas indebidas, divulgar y remediar las conductas indebidas de manera rápida y voluntaria, y cooperar plenamente con el gobierno en Investigaciones criminales corporativas.
La política de VSD se desarrolló de conformidad con el memorándum del Fiscal General Adjunto del 15 de septiembre de 2022, “Revisiones adicionales de las políticas corporativas de cumplimiento penal después de las discusiones con el Grupo Asesor sobre Delitos Corporativos” (Memorando de Mónaco), que dirigió cada componente del Departamento de Justicia (DOJ) que procesa crimen corporativo para revisar sus políticas sobre la auto-revelación corporativa voluntaria y, si no había una política formal por escrito para incentivar la auto-revelación, redactar y compartir públicamente dicha política.
Según la nueva Política de VSD, se considera que una empresa ha cometido un VSD si se da cuenta de la mala conducta de los empleados o agentes antes de que esa mala conducta se informe públicamente o se conozca de otra manera al DOJ, y divulga todos los hechos relevantes conocidos por la empresa sobre la mala conducta. a un USAO de manera oportuna antes de una amenaza inminente de divulgación o investigación gubernamental. Una empresa que se autodivulgue voluntariamente como se define en la política y cumpla plenamente con los demás requisitos de la política, al cooperar plenamente, en ausencia de cualquier factor agravante, y remediar la conducta delictiva de manera oportuna y adecuada (incluido el acuerdo de pagar todos los desembolsos, el decomiso y la restitución resultantes de la mala conducta), recibirán beneficios significativos, incluido el hecho de que la USAO no buscará una declaración de culpabilidad; puede optar por no imponer ninguna sanción penal y, en cualquier caso, no impondrá una sanción penal superior al 50 por ciento por debajo del extremo inferior del rango de multas de las Pautas de sentencia de los Estados Unidos (USSG); y no buscará la imposición de un monitor de cumplimiento independiente si la empresa demuestra que ha implementado y probado un programa de cumplimiento eficaz.
La Política de VSD identifica tres factores agravantes que pueden justificar que una USAO busque una declaración de culpabilidad incluso si se cumplen los demás requisitos de la política de VSD: (1) si la mala conducta representa una grave amenaza para la seguridad nacional, la salud pública o el medio ambiente; (2) si la mala conducta está muy extendida en toda la empresa; o (3) si la mala conducta involucró a la gerencia ejecutiva actual de la compañía. La presencia de un factor agravante no significa necesariamente que se requerirá una declaración de culpabilidad; en su lugar, la USAO evaluará los hechos y circunstancias relevantes para determinar la resolución adecuada. Si finalmente se requiere una declaración de culpabilidad, la empresa aún recibirá los otros beneficios bajo la política de VSD, incluido que la USAO recomendará una sanción penal de al menos un 50 por ciento y hasta un 75 por ciento de reducción del extremo inferior de la USSG. rango fino, y que la USAO no requerirá la designación de un monitor si la empresa ha implementado y probado un programa de cumplimiento efectivo.
En los casos en que una empresa esté siendo procesada conjuntamente por una USAO y otro componente del DOJ, o cuando la conducta indebida denunciada por la empresa caiga dentro del alcance de la conducta cubierta por las políticas de VSD administradas por otros componentes del DOJ, la USAO se coordinará con, o, si Si es necesario, obtenga la aprobación del componente del DOJ responsable de la política VSD específica de la conducta indebida denunciada al considerar una posible resolución. De conformidad con las disposiciones pertinentes del Manual de Justicia y según lo permitan las políticas VSD alternativas, la USAO puede optar por aplicar cualquier disposición de una política VSD alternativa además de, o en lugar de, cualquier disposición de su política.
La Comisión Consultiva de la Procuraduría General de la República (AGAC), a cargo el liderazgo del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, Damian Williams, solicitó que el Subcomité de Fraudes de Cuello Blanco de AGAC, bajo el liderazgo del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, Breon Peace, desarrolle políticas en respuesta a la Memorándum del diputado AG. La Política de VSD anunciada hoy fue preparada por un Grupo de Trabajo de Política de Ejecución Penal Corporativa compuesto por Fiscales Federales de distritos geográficamente diversos, incluido el Fiscal Federal de Paz, así como la Fiscal Federal para el Distrito Este de Virginia Jessica Aber, Fiscal Federal para el Distrito de Connecticut Vanessa Avery, Fiscal Federal para el Distrito de Hawái Clare Connors, Fiscal Federal para el Distrito Este de Carolina del Norte Michael F. Easley, Jr., Fiscal Federal para el Distrito Norte de California Stephanie Hinds, Fiscal Federal para el Distrito Oeste de Virginia Christopher Kavanaugh y el fiscal federal del distrito de Nueva Jersey, Philip Sellinger. La fiscal federal adjunta Amanda Riedel, coordinadora de delitos de cuello blanco de la Oficina Ejecutiva de Fiscales Federales, también participó en el desarrollo de la Política VSD.
La Política MS-CCE establece los estándares, la política y los procedimientos para la selección de monitores en asuntos penales manejados por USAO-PR y se aplican a todas las determinaciones sobre si un monitor es apropiado en casos penales específicos y a cualquier acuerdo de enjuiciamiento diferido (“ DPA”), acuerdo de no enjuiciamiento (“NPA”) o acuerdo de declaración de culpabilidad entre la USAO y una empresa que requiere la retención de un monitor. Esta política proporciona una lista no exhaustiva de factores que deben evaluar los fiscales al evaluar la necesidad de la imposición de un monitor caso por caso. En general, la USAO debería favorecer la imposición de un monitor cuando exista una necesidad demostrada y un claro beneficio derivado de un puesto de monitor.