En manos del Tribunal Supremo determinar la ilegalidad de los votos “Pivazos” de Aguadilla

Aguadilla, PR – El Tribunal Supremo tendrá ante su consideración las determinaciones de Tribunal de Primera Instancia de San Juan y el Circuito de Apelaciones sobre la ilegalidad de los votos mixtos denominados como “Pivazos” durante las pasadas elecciones.  La determinación final del Tribunal Supremo sobre la ilegalidad de los votos “Pivazos” pudiera cambiar el resultado de la alcaldía de Aguadilla.

La alcaldesa de Aguadilla, Yanitisia Irizarry, sometió en el día de hoy ante el Tribunal Supremo una demanda solicitando que se anulen los votos mixtos denominados como “Pivazos” en las pasadas elecciones del 3 de noviembre de 2020. El nuevo Código Electoral expresa claramente que el voto “Pivazo”, cuando hacen una marca debajo de una insignia y votan por un candidato en otra columna, es ilegal y no se adjudicará. Para que sea valido el votante debe votar al menos por un candidato debajo de la insignia.

La alcaldesa de Aguadilla, y candidata a la reelección por el Partido Nuevo Progresista (PNP), Yanitsia Irizarry Méndez, pidió al Tribunal Supremo que resuelva la controversia lo antes posible por el bienestar de los electores de el municipio de Aguadilla. Adicional, solicitó en su demanda el que se anule toda certificación que haya sometido la Comisión Estatal de Elecciones a cualquier candidato en el municipio de Aguadilla que haya sido declarado como ganador  a causa de los votos mixtos “Pivazos”.

Anteriormente, luego de las elecciones del pasado 3 de noviembre, Irizarry había solicitado al Tribunal Supremo que anulara los votos “Pivazos” pero el alto foro declinó someter una opinión final tras un empate en las votaciones de los jueces. El Tribunal de Primera Instancia de San Juan y Circuito de Apelaciones también declinaron tomar una decision al respecto por entender que no tenian jurisdicción en el asunto el cual había sido sometido a consideración del Tribunal Supremo.

Los votos “Pivazos” surgieron por primera vez en las elecciones del 2004 cuando votantes del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) hicieron una marca en su insignia pero también hicieron una marca debajo del candidato del Partido Popular Demócrático, Anibal Acevedo Vilá, quien más tarde fuera enjuiciado a nivel federal por actos de corrupción gubernamental.

El Código Electoral aprobado el pasado verano convirtió en inválido el voto mixto “Pivazo”. El Artículo 2.3, inciso (76), del Código Electoral define el término “papeleta mixta” de la siguiente forma: “Papeleta Mixta” — Aquella en la que el Elector hace una Marca Válida dentro del rectángulo en blanco bajo la insignia del partido político de su preferencia, debiendo votar por al menos un candidato dentro de la columna de esa insignia, y hace una Marca Válida dentro del rectángulo en blanco al lado de cualquier candidato de ese mismo partido político en la columna de otro partido o candidato independiente; o escribiendo el nombre completo de otra persona en el encasillado de la columna de nominación directa que corresponda a la candidatura y debiendo hacer una Marca Válida dentro del rectángulo en blanco al lado de cada nombre escrito”.

“Tengo fe de que el Tribunal Supremo pondrá punto final a esta controversia anulando los votos ilegales.  Han sido los múltiples esfuerzos que se han realizado por varios candidatos para que se haga valer la ley tal y como se expresa sobre los votos mixtos. La ley es clara y no faculta ni a la Comisión ni a los Comisionados Electorales a variar la definición de lo que es un ‘voto mixto. Tampoco ellos tienen discreción para interpretar la validez de dichas papeletas como han expresado algunos politicos. Mucho menos se puede ‘acordar’ u ordenar durante el escrutinio para que se adjudiquen votos mixtos que no cumplen con las especificaciones del Código Electoral 2020”, expresó Irizarry Mendez.

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