Al culminar la evaluación de un referido, la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) del Departamento de Justicia determinó no iniciar una investigación al amparo de la Ley del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente contra el rector de la Universidad de Puerto Rico (UPR) en Arecibo, Carlos A. Andújar Rojas, y recomendó el cierre y archivo de la querella.
La conclusión de la DIPAC se basa en que la Ley 60 de 2014, que atiende exclusivamente la controversia, no tipifica como delito el uso de vehículos oficiales para asuntos personales o no autorizados por ley, sino que, de proceder penalidad alguna, sería de índole administrativa. Por esto, está ausente uno de los elementos medulares para que el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente pueda asumir jurisdicción.
Según el informe de la DIPAC, “es la Universidad de Puerto Rico el organismo administrativo llamado a determinar si las funciones de un rector de una de sus instituciones educativas continúan una vez la persona llega a su hogar”, a los fines de determinar si se ha dado un uso adecuado a un vehículo propiedad de la UPR.