“La Sentencia del Tribunal Apelativo es desacertada. El Código Electoral y las disposiciones del Artículo 8 de la Ley 167-2020, permite, incluyendo a un comisionado electoral o cualquier persona, cuestionar si un candidato nominado por los electores cumple o no con los requisitos del cargo.
El Artículo 7.05 del Código permite cuestionar a un candidato nominado, como lo fue Ricardo Rosselló, si cumple con los requisitos del cargo dispuesto en la Ley 167. En esta ocasión, el Tribunal Apelativo ni siquiera puso en duda las determinaciones de hechos bien elaboradas que hizo el Tribunal de Primera Instancia. Para todos efectos, Ricardo Rosselló, no es domiciliado en Puerto Rico, tampoco es residente en Puerto Rico o en Washington DC. Eso quedó claramente establecido y no fue cuestionado por el Tribunal Apelativo.
Pretender que solamente se pueda hacer una “descalificación de un candidato electo”, luego de la certificación de una elección, en virtud del Artículo 10.15 de la Ley, es permitir que personas que no cumplen con los requisitos de un cargo, puedan juramentar a pesar de que incumplen con los requisitos en ley. Bajo esa premisa, si un candidato que perdió no quiere impugnar el resultado de la elección, estaríamos obligados a juramentar al que carece de uno o varios de los requisitos. Eso sencillamente es un razonamiento en extremo equivocado.
Bajo la lupa del Tribunal Apelativo, si mañana los electores seleccionan por nominación directa a un menor de edad para alcalde de un pueblo y los que perdieron deciden no impugnar el resultado de la elección de ese menor bajo el Artículo 10.15, habría que juramentarlo. Me parece que la sentencia obvió el alcance del Artículo 7.5 que permite cuestionar a cualquier candidato nominado que no cumpla con los requisitos, como correctamente determinó el Tribunal de Primera Instancia en el caso de Ricardo Rosselló.
Le pediremos al Tribunal Supremo, entre otras cosas, que declare nula la certificación de la Comisión y que anule la juramentación realizada ayer por Rosselló, ignorando y burlando los tribunales del País”.