La Junta de Gobierno de la Juventud Popular Nacional, mediante referéndum, celebrado el 7 de mayo de 2021, consideró los hechos acaecidos el pasado 6 de mayo de 2021, relacionado con la decisión de derrotar en Comisión un informe positivo sobre el Proyecto del Senado 184, que buscaba prohibir la práctica de las terapias de conversión en Puerto Rico ante la consideración de la Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y aprobó con la mayoría de los votos a favor la siguiente:
RESOLUCIÓN
POR CUANTO: El objetivo principal de la Juventud Popular Nacional será incidir en los asuntos relacionados a la juventud puertorriqueña, formular, organizar y promover en el programa del Partido una agenda de la juventud, tanto a escala nacional como internacional.
POR CUANTO: La Juventud Popular Nacional deberá integrar, servir, articular y canalizar los intereses y las necesidades de la juventud puertorriqueña.
POR CUANTO: Entendemos que tenemos el deber de establecer vías de comunicación con otras organizaciones de jóvenes, a nivel nacional e internacional para la discusión y elaboración de políticas públicas en torno a las necesidades, expectativas y calidad de vida de los jóvenes en Puerto Rico.
POR CUANTO: La Juventud Popular Nacional está llamada a atender los reclamos de la juventud puertorriqueña sin distinción de edad, raza, color, sexo, nacionalidad, condición de veterano, ideología política o religiosa, origen o condición social, orientación sexual o identidad de género, discapacidad o impedimento físico o mental; ni por ser víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.
POR CUANTO: La Juventud Popular Nacional está llamada a ser una voz de visión de futuro, forzar las discusiones que fomentan el mejor porvenir del futuro del país y hacer un llamado a un pensamiento de avanzada.
POR CUANTO: La Juventud Popular Nacional representa el presente y futuro de nuestra colectividad y nuestro país haciendo un llamado a la concordia, la sabiduría y el entendimiento de que todos somos iguales ante los ojos de la ley.
POR CUANTO: La Juventud Popular Nacional entiende que el resultado de la votación en el día de ayer va contra la esencia misma de lo que es ser Popular y la razón de ser del Partido Popular Democrático siendo este un partido de grandes avances sociales a lo largo de su historia cimentando el Puerto Rico de hoy.
POR CUANTO: Entendemos que este es un momento de profunda introspección institucional en el cual debemos mantener nuestro enfoque en una agenda histórica de progreso social.
POR CUANTO: La Juventud Popular Nacional entiende que las acciones de estos senadores no representan la razón de ser de nuestro partido, le han faltado a la confianza de nuestros electores y contravienen los preceptos históricos de justicia social del Partido Popular Democrático defendiendo al vulnerable y atacando al opresor.
POR TANTO: La Junta de Gobierno de la Juventud Popular Nacional condena las acciones tomadas por los oficiales electos del Partido Popular Democratico, Partido Nuevo Prograsista y Proyecto Dignidad en la Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción del Senado del Estado libre Asociado de Puerto Rico.
POR TANTO: La Juventud Popular Nacional entiende que las acciones tomadas por estos legisladores deben tener consecuencias las cuales nuestra Junta de Gobierno del PPD, debe tomar con la mayor premura posible.
POR TANTO: Se exige que quede meridianamente claro de parte de nuestra colectividad la defensa férrea de los miembros de la comunidad LGBTTQI+ y todo grupo que sufra cualquier tipo de discrimen venga de donde venga.
POR TANTO: Convocamos a todo el pueblo puertorriqueño a condenar las acciones de estos legisladores y exigir una rendición de cuentas tomando la noción de que el PPD está en contra de toda forma de tortura y represión.
Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y remitir a todos los foros de liderato del Partido Popular Democrático y a los principales medios de comunicación okadel país, se expide la presente Resolución en San Juan, Puerto Rico, a los siete días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.