(miércoles, 19 de marzo de 2025 – San Juan, Puerto Rico) – En una decisión colegiada, el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público, dio paso a la solicitud de LUMA para que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) adquiera generación temporera que pueda mitigar el déficit de generación estimado de entre 700 y 850 megavatios, pero subrayando la importancia de prestar atención especial a la disponibilidad, capacidad, tiempo de instalación y los costos relacionados con la generación temporera a ser adquirida.
NE- Resolucion y Orden- Generación Temporera
En la Resolución y Orden el NEPR dispone que la AEE tendrá tres (3) días, contados a partir de la notificación del Negociado, para acudir ante la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP) e iniciar el proceso de la Oficina de Compras de Terceros Independiente (3PPO, por sus siglas en inglés). De igual forma, el NEPR ordenó a la AEE a que, una vez culminado el proceso de licitación para la adquisición de generación, presente ante el Negociado de Energía los costos asociados a cada iniciativa, a los fines de que el Negociado pueda establecer si los mismos son prudentes y razonables. El NEPR enfatizó que la adquisición de nueva generación temporera no contraviene el Plan Integrado de Recursos vigente.
El 6 de marzo, LUMA validó la necesidad de añadir entre 700 a 850 megavatios de generación temporera al sistema de generación.
El Negociado de Energía ordenó a la AEE a que para, en o antes, del lunes, 24 de marzo de 2025 notifique al NEPR el cumplimiento con la Resolución y Orden.