El director ejecutivo del Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM), Reinaldo Paniagua Látimer, aclaró que son las legislaturas municipales y sus ejecutivos son los que a través de leyes imponen las tasas contributivas que va a pagar individualmente.
“La tasa contributiva de los municipios. La facultad de revisarla, aumentarla o reducirla es una facultad única y exclusiva de los ayuntamientos municipales. Me refiero al administrador o alcalde del municipio y su Legislatura Municipal a principios de cuatrienios, si deciden hacer cambios los hacen. Hay algunos municipios que han anunciado aumentos en las tasas contributivas muebles e inmuebles, de la misma manera que en algunos casos también se puede dar el caso que la reduzca; y por disposición de Ley hay unas fechas claves que ellos tienen para hacer los anuncios con el concurso de sus legislaturas municipales. Es nuestra obligación entonces publicarlo y hacer el cobro de cada uno de esos municipios de acuerdo a la información que nos suministra los municipios. De nuevo la responsabilidad es de las legislaturas municipales y sus ejecutivos”, dijo el funcionario.