PFEI archiva casos del exalcalde de Aguada y el alcalde de Guaynabo

(SAN JUAN) — Las querellas presentadas contra Manuel (Gabina) Santiago Mendoza, exalcalde del municipio de Aguada, y Angel A. Pérez Otero, alcalde del municipio de Guaynabo, fueron archivadas por el Panel sobre el FEI.

Los hechos contra Santiago Mendoza se iniciaron con una querella no, juramentada, presentada el 5 de agosto de 2019, por el Legislador Municipal, Christian E. Cortés Feliciano, ante el Departamento de Justicia de Puerto Rico (DJPR). El querellante solicitó que se investigara un posible esquema de corrupción en el Municipio de Aguada.

El DJPR refirió el caso al Panel con una recomendación de que no se designara un Fiscal Especial Independiente, ya que los hallazgos de la investigaciOn preliminar no fundamentaban el proceso penal. El Panel acogió la recomendación y, según recomendado, procedió a remitirlo a la Unidad de Procesamiento Administrativo Disciplinario (UPAD) para la evaluación de los hechos a la luz del Plan de Reorganización Núm. 1-2012, correspondiente al ámbito administrativo.

La UPAD designó a la licenciada Vivian González, como Abogada Investigadora a cargo de la pesquisa. Entre sus determinaciones expuso que “el exalcalde Santiago Mendoza incurrió en conducta de abandono y negligencia de sus prerrogativas ejecutivas corno primer ejecutivo del Municipio, al no cumplir con la ley y sus deberes ministeriales, referente a los procesos de contratación y subastas”.

La licenciada González destacó, que en este caso no hay prueba que demuestre la existencia de alguna circunstancia que eximiera del cumplimiento estricto con las normas legales y reglamentarias que regulan la celebración de las subastas públicas.

Agrega el informe, que una determinación de suspensión de empleo y sueldo a destitución de Santiago Mendoza seria inoficioso, al éste haber cesado en sus labores el 1 de enero de 2021. En tanto, los Miembros del Panel exponen en su Resolución, con fecha del 31 de rnarzo de 2021, que acogen las recomendaciones de la investigación de referencia.

No obstante, ordenaron someter copia de su Resolución tanto a la Oficina de Ética Gubernamental, coma a la Oficina del Contralor de Puerto Rico, para los fines investigativos que pudieran corresponder. Además, determinaron remitir copia de la Resolución al Secretario del Departamento de Justicia, en vista de que en el récord consta información bajo juramento de una persona que no está bajo la jurisdicción del PEEl, y que podría tener que responder par el delito de perjurio.

Mientras, el Panel decidió no designar un Fiscal Especial Independiente y archivar el caso contra el Hon. Angel A. Pérez Otero, Alcalde de Guaynabo, y los funcionarios de ese municipio, Sr. Raúl F. Torres Gómez, Director de Desarrollo Económico, y la señora Mariely Ortiz Torres, Directora de la Oficina de Prensa y Comunicaciones.

El Departamento de Justicia (DJPR) refirió al PEEl, el pasado mes de enero, un Informe Preliminar relacionado con alegadas actuaciones impropias atribuibles a los funcionarios antes mencionados.

Dicha investigación concluye que no existe causa suficiente para creer que el Alcalde y los otros dos funcionarios hayan incurrido en alguna conducta delictiva, y por ella, recomendó que no se asigne un Fiscal Especial Independiente en este caso.

La investigación surgió con el resultado de una comunicación remitida por el Sr. Antonio O’Neill Cancel, quien fue legislador municipal de Guaynabo, a la Lcda. Inés Carrau, para ese entonces Secretaria de Justicia. En ésta, adujo que los mencionados funcionarios incurrieron en hechos constitutivos de delito. La alegada infracción se dio en el marco de la celebración de la 1ra. Cumbre Municipal sabre Desarrollo Económico 2019: Guaynabo Business
Capital’.

Posteriormente, cuando los fiscales del DJPR entrevistaron y le tomaron declaración .jurada al señor O’Neill Cancel, surgió que éste no tenía conocimiento personal de ninguna de sus alegaciones. Tampoco envió la información adicional que prometió remitirles a los fiscales. Finalmente, expresó que quería desistir de la querella, y que él no escribió dicho documento.

En consideración de la investigación realizada por los fiscales del DJPR, el Secretario de Justicia, Domingo Emanuelli, recomendó que no se designara un Fiscal Especial Independiente. Evaluada la evidencia, el Panel acogió dicha recomendaci6n.

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