(11 de marzo de 2026)-Hoy se llevó a cabo la reunión de los miembros de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico (AAPR), donde el director ejecutivo del Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM), Javier García, les explicó el contenido de la Circular 2026-003, Proyecto Empleados.
La misma contiene las disposiciones normativas para el Registro, Tasación y/o Radicación de Solicitud de Exoneraciones Contributivas construida en suelo ajeno.
“El Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM), cuenta con un catastro con un sin número de propiedades que figuran sin adjudicación y/o valoración para fines contributivos porque las personas que alegan ser dueños no cuentan con las evidencias necesarias para corroborar su titularidad. La dificultad mayor para adjudicar titularidad y responsabilidad contributiva ocurre cuando el terreno en que enclava la estructura pertenece a otro, pero este no figura inscrito en Registro de la Propiedad. Agrava más aún la situación cuando el dueño del terreno ya no está disponible para formar parte en un acto jurídico de ratificación”, explica la Circular 2026-003.
De acuerdo al director ejecutivo aclaró dudas de cada uno los miembros de la AAPR.
“Fue una reunión fructífera” dijo el director ejecutivo del CRIM Javier García.

