sábado, marzo 7, 2026

Comisión pasa revista sobre medida para fortalecer la Ley 54 contra la violencia doméstica

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La propuesta busca actualizar definiciones, reforzar órdenes de protección y establecer penas más severas

(El Capitolio)— La Comisión de lo Jurídico que preside el senador de mayoría, Ángel Toledo López, llevó a cabo una audiencia pública para evaluar el Proyecto del Senado 914, medida de administración, que propone enmiendas a la Ley 54-1989, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, con el propósito de fortalecer el marco legal vigente y garantizar una respuesta más efectiva del sistema de justicia ante estos delitos.

“Yo creo fielmente en proteger a la víctima cien por ciento. Me atrevo a asegurar que todos los que estamos aquí creemos en exactamente lo mismo. Lo que pasa es que tenemos que saber cómo. Porque cuando escribimos un proyecto de ley, sabemos que esto tiene implicaciones reales en cómo se practica el derecho en los tribunales de Puerto Rico”, indicó Toledo.

Participó de la audiencia el licenciado Nelson Vélez, en representación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM). Vélez dijo que apoyan la pieza legislativa con varias enmiendas sugeridas. Sobre las recomendaciones específicas, mencionó entre las mismas, mejorar la definición de “vigilancia”. Se propone sustituir la definición del proyecto por una más amplia que incluya rastreo, seguimiento digital, recopilación de información y uso de tecnología o inteligencia artificial.

De igual manera, recomendó modificar la redacción que exige que la víctima exprese bajo juramento en corte abierta su derecho a la orden de protección. Se sugiere permitir alternativas como comparecencia remota, declaración escrita y constancia del Ministerio Público. Esto evitaría revictimización o riesgos adicionales para la víctima. La OPM recomienda que, cuando la víctima tenga custodia de menores, el tribunal pueda ordenar pensión alimentaria al agresor junto con la orden de protección, con la misma vigencia. Esto responde a que la dependencia económica suele formar parte del ciclo de violencia.

En iguales términos, favorecieron la pieza legislativa con enmiendas la licenciada Tanya García Ibarra y la Fiscal Ileana Santos Colón en representación del Departamento de Justicia (DJ). “Resulta meritorio destacar que el P. del S. 914 constituye una iniciativa legislativa de alto valor público, que evidencia una respuesta seria, integral y actualizada a las manifestaciones contemporáneas de la violencia doméstica. La medida no solo moderniza y robustece el andamiaje jurídico vigente, sino que atiende con sensibilidad y rigor fenómenos que históricamente han enfrentado dificultades probatorias y procesales”, destacó García.

Entre las recomendaciones propuestas, está la enmienda al Artículo 2.1B sobre expedición automática de órdenes de protección. El DJ apoya la expedición automática de órdenes de protección, pero recomienda que el tribunal pueda emitir la orden en cualquier etapa del proceso judicial, si surge la necesidad de proteger a la víctima. Esto permitiría una protección más flexible y efectiva.

A su vez, enmienda al Artículo 2.9 sobre la evaluación de trabajo social. Propone ajustar la redacción para aclarar que la evaluación del Departamento de la Familia aplica cuando: menores, adultos mayores, o personas con impedimentos hayan presenciado o percibido el acto de violencia doméstica. El cambio busca mayor claridad funcional para el tribunal. Igualmente, el Artículo 3.6, en desvío del procedimiento. Recomendó ajustar el programa de desvío para limitar su disponibilidad cuando existan delitos graves de violencia doméstica; excluir casos de agresión sexual en la relación de pareja; y permitir el desvío en casos de apropiación de bienes solo si hay restitución. Además, sugiere revisar la proporcionalidad de algunas penas para mantener coherencia con el Código Penal.

También, se expresó la teniente Ivette Rivera Velázquez, en representación de la Policía de Puerto Rico, quien favoreció la medida con varias recomendaciones. “La Policía expresa respaldo general al proyecto, al entender que fortalece la política pública del Estado para atender la violencia doméstica como un problema serio de seguridad pública y de derechos humanos”.

Entre las recomendaciones indicó que la ley incluya una definición clara y amplia del término “amenaza”, de forma que abarque declaraciones o actos que indiquen intención de causar daño a la víctima; amenazas contra familiares o terceros; amenazas contra bienes que la víctima valores; y amenazas de maltrato o daño contra animales o mascotas. Según la agencia, estas conductas tienen un alto impacto emocional y coercitivo sobre las víctimas y deben reconocerse claramente como parte de la violencia doméstica.

Asimismo, incluir la violencia en el noviazgo. La Policía recomienda incorporar expresamente en la ley la definición de violencia en el noviazgo dentro del artículo de definiciones. El objetivo es atender casos de violencia que ocurren fuera del matrimonio, sin convivencia entre las partes y particularmente entre jóvenes.

El senador de minoría, Adrián González Costa, preguntó si el tribunal extiende a su discreción porque no hubo una petición de la víctima, cómo la víctima se entera que se extendió la orden. “En ese contexto, el hecho de que ella se acerque o llame o esté relacionándose con la parte peticionada, ella no violenta la orden, se está poniendo en peligro. Por eso es bien importante que el juez mantenga informada de la vigencia de la orden y que esa orden, él tomó la decisión de darla por el tiempo que extendió”, explicó Rivera.

Además, mencionó su respaldo al proyecto, la licenciada Nicole Báez Ortiz, en representación del Departamento de la Familia (DF). “Las enmiendas propuestas en el PS 914 son necesarias para atemperar la Ley 54 a los tiempos actuales. Las penas son proporcionales a los delitos y sirven de disuasivo para aquellas personas que vayan a cometer actos de violencia doméstica. La gravedad de la conducta de violencia doméstica es algo que este Gobierno no atiende livianamente, sino que se ataja como el mal social que representa”, dijo Báez.

A preguntas de Toledo sobre lo que indica la medida referente al informe posterior del trabajador social, Báez respondió que lo ven como una salvaguarda adicional, independientemente la agencia prepara un primer informe.

De igual manera, presentaron su posición las licenciadas Adriana Alonso Calderón y Mónica Hernández de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT). Indicaron respaldar la medida sujeto a la consideración de varias enmiendas propuestas, tanto técnicas y sustantivas, para mejorar la claridad jurídica y la armonía con otras leyes.

Entre las enmiendas sugeridas, sobre las órdenes de protección automáticas cuando exista causa para arresto, recomiendan que el tribunal tenga flexibilidad para emitirlas en cualquier momento del proceso si es necesario proteger a la víctima. También, propone aclarar la redacción del artículo que ordena evaluaciones sociales para que se especifique que aplican cuando: menores, adultos mayores y personas con impedimentos hayan presenciado o percibido actos de violencia doméstica.

En torno a cambios en las penalidades por maltrato agravado, el DJ recomendó eliminar referencias al grado del delito, y establecer penas fijas de reclusión para mayor claridad. También sugiere evaluar el agravante relacionado con víctimas adultas mayores para evitar conflictos con disposiciones del Código Penal.

Por otra parte, expresaron su oposición a la medida las licenciadas Alejandra Belmar Jiménez, Yahaira Colón y Paola Javona de la Sociedad para Asistencia Legal. “Hacemos la salvedad que el proyecto, tal y como fue presentado, no contempla el texto vigente de la Ley 54, porque fue enmendada en el 2025, razón por la cual hay que revisar cada uno de los incisos de conformidad a las enmiendas propuestas. Partiendo de esa aclaración nos estamos oponiendo a todas las enmiendas que están contempladas en el mismo”, dijo Colón.

De igual manera, la deponente mencionó que es una medida altamente punitiva. “La Ley 54, lamentablemente, a 37 años de su adopción, debemos preguntarnos si se han prevenido los asuntos de violencia doméstica y cómo. Nos parece altamente preocupante que se propongan diversas enmiendas, pero no hay ni tan siquiera una justificación estadística que justifique cada una de ellas”, abundó Colón.

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