Administradora de Servicios Generales asegura que orden ejecutiva sobre compras y contrataciones para trabajos de reconstrucción es inconstitucional

(San Juan, Puerto Rico-15 de junio de 2023) La licenciada Karla G. Mercado Rivera, administradora la Administración de Servicios Generales (ASG) consideró hoy, jueves, durante una vista pública, que la opinión consultiva del secretario de Justicia, Domingo Emanuelli sobre la Ley 71-2021, traducida luego en un Orden Ejecutiva, es inconstitucional y genera múltiples dificultades de cara a la recuperación del país.

La opinión surge durante una vista pública de la Comisión para la Preparación, Reconstrucción y Reorganización ante una Emergencia, que atendió la Resolución Concurrente de la Cámara 57, que persigue delimitar el alcance del Boletín Administrativo Núm. OE-2022-301 expedido por el gobernador, que permite procesos alternos de compras y subastas en las dependencias del gobierno para proyectos de reconstrucción subvencionado con fondos de FEMA, ARPA y CDBG-DR.

“No comparto la interpretación legal del secretario del Departamento de Justicia, entiendo que es inconstitucional. No obstante, habiendo una opinión del principal asesor legal del Ejecutivo, rama de gobierno encargada de la ejecución y del cumplimiento de las leyes, le damos la mayor deferencia a esa interpretación…Ante ese escenario, debemos la mayor deferencia a lo implementado por Orden Ejecutiva y nos ceñimos a su mandato”, indicó Mercado Rivera.

La Administradora de ASG y principal oficial de compras del país señaló que su agencia interpreta que la Ley 71-2021 era una restrictiva, por su propio lenguaje, por lo que las compras de reconstrucción y recuperación de Puerto Rico de todas las entidades gubernamentales y entidades exentas se continuarán haciendo a través de ASG.

“En la ASG interpretamos que se excluía por medio de la cita ley exclusivamente el proceso de compras con fondos del Programa Community Development Block Grant for Disaster Recovery (CDBG-DR), al permitir que se inicien y culminen proceso de subastas si se cuenta con una Certificación de Fondos emitidas por el Departamento de Vivienda, además de permitir a la Oficina de Gerencia de Permisos crear procesos expeditos de consulta y permisos para proyectos de demolición, reconstrucción y construcción de edificaciones afectadas por los desastres que han afectado los municipios de Ponce, Guayanilla, Yauco, Peñuelas y Guánica”, insistió Mercado Rivera.

Al mismo tiempo, la administradora señaló que la interpretación de la Orden Ejecutiva da paso a nuevas dificultades operacionales de cara a la recuperación posdesastre. “El efecto que ha tenido esta Orden, es que existen agencias haciendo procesos individuales en los que no tenemos visibilidad sobre ello, por lo que estamos entregando informes de gastos totalmente incompletos, tampoco estamos garantizando la transparencia de estos procesos”, informó.

Durante su ponencia, la administradora recalcó que descentralizar responsabilidades, que por ley corresponden en ASG, retrasan los adelantos que ha logrado la agencia, por ejemplo, los esfuerzos de digitalización y agilización de procesos de compras y subastas.

“La ASG digitalizó todo lo que es el proceso de compras y subastas para ofrecer una transparencia y una agilidad en lo que es el proceso de contratación gubernamental. Todas las compras del gobierno, todos los procesos de licitación son públicos y están colocados en la página web de la ASG”, señaló Mercado Rivera, mientras volvía indicar que esos procesos de una buena administración pública no se estaban dando completamente a consecuencia de la orden ejecutiva.

Asimismo, la administradora indicó que ASG sí está llevando un proceso de auditoría sobre las dependencias exentas que se ven impactadas por la orden ejecutiva. “Con las entidades que cuentan con una junta de subastas nosotros tenemos visibilidad de los que hacen las entidades exentas, se intervienen cada tres meses, se auditan y se monitorean los procesos de compra y subastas que ellos están haciendo”.

Por otra parte, entre los retos que ha enfrentado con la interpretación de Justicia y la acción del Ejecutivo, Mercado Rivera denunció a la Comisión, presidida por el representante Luis. R Ortiz Lugo, que la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) adscrita a la Fortaleza está delegando funciones que pertenecen a la ASG.

“No entiendo como una oficina de la Fortaleza, que es lo que es la OGP, puede delegar funciones que están delegadas a una agencia en particular. Advine en conocimiento sobre ese tipo de delegaciones, y estoy totalmente en contra”, agregó.

Al mismo tiempo, Mercado Rivera explicó que “hace varias semanas ASG tenía dos cartas para salir y declarar nulas ciertas subastas, porque entendíamos que contravienen con la Ley 73 -2019, conocida como la Ley de Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico. Luego, nos enteramos de que había una dispensa otorgada por la OGP a estos efectos para la Administración de Vivienda Pública. Desconocíamos sobre esa dispensa”.

Por su parte, la OGP, durante la vista pública, se suscribió a la interpretación del ejecutivo sobre el alcance de la orden ejecutiva. El director de la agencia, Juan Carlos Blanco Urrutia, en memorial escrito, destacó estar en contra de la aprobación de la Resolución Concurrente de la Cámara 57, por entender que la Ley 71-2019, no provee el espacio para ninguna intervención por parte de la rama legislativa.

A la interpretación de OGP, el catedrático asociado de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Jorge M. Farinacci Fernós, señaló durante una ponencia escrita sometida ante la Comisión, que las órdenes ejecutivas emitidas por el gobernador de ordinario no tienen fuerza de ley y se limitan a implementar la política pública o administrar los asuntos internos de la rama ejecutiva.

Sobre la Resolución, Farinacci Fernós indicó que la medida legislativa no está cuestionando, en este momento, la validez del estado de emergencia decretado y renovado. “Meramente pretende hacer uso del mecanismo establecido en el artículo 12 de la Ley Núm. 76-2000. Esta disposición establece que la Asamblea Legislativa pasará juicio sobre las órdenes ejecutiva declaradas en una emergencia durante la Sesión en que la misma se decrete o en Sesión Extraordinaria convocada a esos fines y podría delimitar sus alcances a través del mecanismo de la Resolución Concurrente”.

El Boletín Administrativo Núm. OE-2022-30 fue expedido por el gobernador Pedro Pierluisi como parte del estado de emergencia en la infraestructura en Puerto Rico.

Durante la vista pública también depuso la Autoridad de Edificios Públicos, el Departamento de la Vivienda, la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico

También participó de la actividad legislativa el portavoz del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), José B. Márquez Reyes.

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