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En una decisión de siete (7) votos a favor y uno (1) en contra, el Tribunal Supremo de Puerto Rico confirmó la decisión del Tribunal de Primera Instancia, que se deben contar la totalidad de votos de Edgardo Cruz. El juez asociado Erick Kolthoff detalla en la resolución que, «claramente el elector quiso votar por nominación directa” y de ninguna manera se puede decir que se sustituya «el criterio del elector», cuando lo que hacen es adjudicar el voto a favor de la persona que el elector escribió en el recuadro de nominación directa de la papeleta.
“En primer lugar, lo que sugiere el peticionario es que esta Curia se aventure a interpretar, no la papeleta del elector que es a lo que se limita la doctrina de la intención del elector, sino su intención al interactuar con la máquina de escrutinio. Como ya hemos dicho, pueden ser múltiples las razones por las cuales un elector pudiera ignorar la advertencia que presuntamente le hace la máquina de escrutinio electrónico de una alegada deficiencia en su voto. Pero, lo realmente trascendental es lo que finalmente este expresó en la papeleta.”, detalla el escrito.