(CAYEY – domingo, 15 de agosto de 2021) El alcalde de Cayey, Rolando Ortiz Velázquez, anunció que conforme al Código Municipal de Puerto Rico y a la Orden Ejecutiva OE-2021-058, la cual establece que a partir de mañana, 16 de agosto de 2021 las agencias de la Rama Ejecutiva deben requerir a sus empleados que trabajen de forma presencial, estar debidamente inoculados con una vacuna autorizada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA), el Municipio de Cayey se une a dicha iniciativa salubrista.
“En la ciudad de Cayey estamos conscientes de que la vacunación ayuda a evitar la propagación del Covid-19 y vamos a requerir los servidores públicos municipales que trabajan de forma presencial, la vacunación compulsoria contra el Covid-19 partir de mañana lunes, 16 de agosto de 2021. Será requisito que cada empleado que trabaje de modo presencial en el Municipio de Cayey, este inoculado con una vacuna autorizada por la FDA para atender la emergencia”, detalló el alcalde.
Para aplicar la disposición, la Oficina de Recursos estará verificando el estado de vacunación de los empleados municipales y solicitará a cada uno copia del certificado de vacunación, mediante cualquier método físico o digital que acredite la vacunación. Dicha oficina ejercerá el mayor cuidado en el manejo y la atención de los documentos mencionados.
Cualquier empleado al que le aplique el requisito y no presente su certificado de inmunización o documento en el que acredite que ha completado o iniciado su proceso de vacunación contra el Covid-19, deberá presentar el primer día laborable de cada semana, a partir del 16 de agosto de 2021, inclusive y a su responsabilidad, un resultado negativo de Covid-19 proveniente de una viral cualificada SARS-CoV2 (pruebas de amplificación del ácido nucleico (NAAT o pruebas de antígeno) realizada dentro de un término máximo de 72 horas antes.
El empleado que no cumpla con la presentación del certificado de vacunación, ni con la Sección 4ta, no podrá acudir a trabajar de forma presencial y tendrá la opción de agotar tiempo compensatorio (de ser aplicable) o acogerse a la licencias regulares aplicables. De no tener balance acumulado, el empleado deberá acogerse a una licencia sin sueldo hasta que culmine la emergencia.
Para reclamar esta excepción, el empleado deberá presentar un certificado emitido por un médico autorizado a ejercer la práctica en Puerto Rico, certificándose la duración de la contraindicación médica y si es temporera y si es temporera o permanente. De ser temporera, una vez cese la contraindicación, el empleado deberá cumplir con el requisito de vacunación. En el caso de motivos religioso, para reclamar la excepción el empleado deberá presentar una declaración jurada en la que certifique junto al ministro o líder eclesiástico de su religión o secta, ambos declarando bajo juramento y sujeto a perjurio, que por causa de sus creencias religiosas el empleado no podrá ser inoculado contra el Covid-19.