Proponen crear un sistema integrado para prevenir y atender el sinhogarismo en Puerto Rico

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1 de noviembre de 2026 — La senadora Jamie Barlucea presentó el Proyecto del Senado 1608, que propone crear un sistema integrado para coordinar la prevención y atención del sinhogarismo en Puerto Rico. La medida reúne en un mismo marco legal la política pública, los derechos de las personas sin hogar o en riesgo de perder su vivienda, los protocolos de servicio y los mecanismos para evaluar el cumplimiento de las agencias.

El proyecto propone crear el Concilio Multisectorial para la Prevención, Atención y Superación del Sinhogarismo, adscrito administrativamente al Departamento de la Vivienda. También establecería una oficina y un cargo de coordinación para dar seguimiento al Plan Integrado, orientar a las personas, canalizar referidos y fiscalizar los protocolos de servicio. La propuesta no trasladaría a Vivienda los programas de servicios directos que ofrecen ASSMCA, el Departamento de la Familia, los municipios y otras entidades.

“Las personas sin hogar necesitan poder acceder a servicios sin que la falta de una dirección física, documentos o coordinación entre agencias se convierta en un obstáculo. Esta medida establece responsabilidades y procedimientos para que reciban orientación y seguimiento, sin importar a qué entidad acudan primero”, expresó Barlucea.

El proyecto también establecería una Carta de Derechos para las personas sin hogar o en riesgo de sinhogarismo y un procedimiento accesible para recibir, investigar, mediar y adjudicar querellas, así como referirlas a las entidades correspondientes. Las agencias tendrían que contar con protocolos de servicio, adiestrar al personal que los implante y divulgar los derechos y servicios disponibles.

La medida asignaría responsabilidades a los municipios mediante planes municipales y el fortalecimiento de los oficiales de enlace. También dispone que las agencias armonicen sus servicios directos con el Plan Integrado, que se mantenga el Plan Estratégico y de Acción 2025-2029 como base de transición y que se establezcan mecanismos uniformes para recopilar y analizar datos. El Concilio podría realizar un Conteo de Puerto Rico sobre Sinhogarismo, complementario al conteo federal, al menos una vez cada dos años, sujeto a la disponibilidad de fondos.

“Queremos que las agencias y los municipios trabajen con un marco común y que podamos identificar dónde hay barreras, qué servicios hacen falta y qué resultados se están obteniendo. La coordinación tiene que traducirse en respuestas concretas para las personas”, añadió la senadora.

El P. del S. 1608 dispone la creación de un portal electrónico central con información sobre derechos, servicios, protocolos, planes, estadísticas y canales para presentar querellas. También requiere un informe anual sobre la implantación de la ley, el progreso de las metas, las querellas recibidas, los datos disponibles y las barreras identificadas.

De aprobarse, derogaría las leyes 130-2007 y 199-2007, que atienden actualmente distintos componentes de la política pública y los servicios a personas sin hogar, y dispondría una transición administrativa de ASSMCA al Departamento de la Vivienda. Entre otros plazos, establece que se designe un coordinador interino dentro de los primeros 30 días de la vigencia, que se completen las designaciones iniciales dentro de 60 días y que el Concilio celebre su sesión constitutiva no más tarde de 90 días.

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