Gobernadora firma medidas sobre protección a estudiantes militares, agricultura, seguridad en el transporte, asuntos electorales y servicios básicos para Villas del Sol

Share

La Fortaleza, San Juan, Puerto Rico, 11 de octubre de 2026 — La gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto de la Cámara 208, convirtiéndolo en la Ley 201-2026, para actualizar y ampliar las protecciones que reciben los estudiantes militares en las instituciones de educación postsecundaria de Puerto Rico.

La medida, de la autoría de los representantes Luis Pérez Ortiz y Tatiana Pérez Ramírez, enmienda el Artículo 4 de la Ley 109-2003, que regula las relaciones contractuales entre los estudiantes militares y las instituciones superiores de enseñanza. Entre sus disposiciones principales, la nueva ley reconoce a la Fuerza Espacial de los Estados Unidos dentro del marco de protección del estatuto. De esta manera, sus integrantes que estudian en Puerto Rico podrán acogerse a los mismos derechos y beneficios que reciben los estudiantes de las demás ramas de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, amplía la definición de “activación” para incluir las movilizaciones relacionadas con emergencias naturales, razones humanitarias y contingencias de salud pública. Esta actualización permite que los estudiantes militares activados bajo esas circunstancias puedan acogerse a las protecciones académicas y económicas contempladas en la legislación vigente.

Estas protecciones incluyen mecanismos de reembolso, crédito, acomodo y prioridad, según corresponda, para atender las interrupciones en los estudios que puedan surgir como consecuencia del servicio militar. Con la firma de la Ley 201-2026, la gobernadora fortalece la política pública de apoyo a los militares y sus familias, al actualizar las protecciones educativas para quienes deben responder al llamado de servicio mientras cursan estudios en Puerto Rico.

Asimismo, la gobernadora, firmó el Proyecto del Senado 190, convertido en la Ley 203-2026, para ampliar el alcance de la “Ley de Manos Pa’l Campo” a todas las actividades agrícolas en Puerto Rico y fortalecer los mecanismos para atender las necesidades de mano de obra de los agricultores.

La legislación, de autoría de los senadores Ángel Toledo, Jamie Barlucea, Wilmer Reyes, Jeison Rosa y Rafael Santos, enmienda la Ley 38-2011 para que su aplicación no se limite a la cosecha de café. Además, refuerza la participación de miembros del sistema correccional en las faenas agrícolas como parte de su proceso de rehabilitación y reinserción a la comunidad.

La nueva ley dispone que los departamentos de Agricultura, del Trabajo y Recursos Humanos, y de Corrección y Rehabilitación establecerán acuerdos para estimar anualmente la demanda y disponibilidad de mano de obra por municipio para todo tipo de cosecha. Esta coordinación permitirá identificar las necesidades del sector y facilitar la ubicación de trabajadores.

La medida mantiene la prioridad hacia el trabajador local e incorpora expresamente a los miembros del sistema correccional entre los recursos disponibles para atender la demanda laboral agrícola. Cuando estos recursos resulten insuficientes, contempla mecanismos para la contratación de trabajadores extranjeros temporeros, conforme a las leyes y regulaciones federales aplicables y luego de agotar las alternativas de mano de obra local y correccional en un tiempo razonable que no afecte las operaciones del agricultor.

Como parte de las responsabilidades del Departamento de Corrección y Rehabilitación, los contratos deberán establecer las condiciones de trabajo de los participantes, incluyendo la jornada, la compensación y cualquier otro beneficio aplicable. La agencia creará cuentas separadas para depositar sus ingresos y retendrá un 20 por ciento para cubrir los gastos administrativos y de seguridad relacionados con la implantación de la ley.

Con esta firma, se amplían las herramientas disponibles para apoyar el recogido de las cosechas, fortalecer la industria agrícola puertorriqueña y promover oportunidades de trabajo vinculadas a la rehabilitación de la población correccional.

González Colón firmó el Proyecto de la Cámara 315, de la autoría del representante Luis Pérez Ortiz, convirtiéndolo en la Ley 202-2026, que incorpora una definición expresa de “propaganda política” al Código Electoral de Puerto Rico de 2020.

La medida busca brindar mayor claridad en la interpretación y aplicación de las disposiciones electorales, así como facilitar su cumplimiento por parte de los partidos políticos, candidatos y ciudadanos.

La nueva definición comprende cualquier letrero, rótulo, pegatina, audio, visual, pantalla electrónica o medio similar colocado o exhibido en lugares públicos para promover, apoyar, favorecer, rechazar, oponerse o procurar influir en la elección o derrota de un partido político, ideología política, aspirante, candidato, comité o asunto electoral.
Con esta enmienda, se establece una distinción más precisa entre la propaganda política y los locales de propaganda, atendiendo la ausencia de una definición expresa en el Código Electoral y las posibles interpretaciones ambiguas que ello podía generar.

La legislación ordena a la Comisión Estatal de Elecciones y a las agencias pertinentes tomar las medidas necesarias para su implementación, incluida la aprobación de la reglamentación correspondiente.

La primera ejecutiva, también firmó el Proyecto del Senado 896, convertido en la Ley 204-2026, para establecer una excepción a las protecciones laborales de los pacientes registrados y autorizados a utilizar cannabis medicinal cuando realicen o pretendan realizar funciones sensitivas de transporte.

La medida es de la autoría de los senadores Gregorio Matías, Rafael Santos, Jeison Rosa, Luis D. Colón, Héctor Sánchez y Wilmer Reyes, y enmienda el Artículo 24 de la Ley 42-2017, conocida como la Ley Medicinal.

La nueva legislación dispone que las protecciones contra el discrimen en el empleo contempladas en dicho artículo no cobijarán a los pacientes registrados y autorizados cuando el patrono establezca, por preponderancia de la prueba, que realizan o pretenden realizar funciones sensitivas de transporte. Entre estas se incluyen las labores de choferes de camiones o vehículos pesados, guaguas o autobuses escolares, taxis y conductores de servicios de transporte a través de plataformas o aplicaciones móviles.

La ley busca reforzar la seguridad en el transporte de bienes y personas, y ofrecer mayor claridad a los patronos sobre la aplicación de las protecciones laborales en puestos que requieren atención, coordinación y capacidad de respuesta para salvaguardar a pasajeros, peatones y otros conductores.

La gobernadora Jenniffer González Colón, firmó la Resolución Conjunta de la Cámara 186, convertida en la Resolución Conjunta 64-2026, para ordenar el inicio de las gestiones administrativas y técnicas necesarias dirigidas a viabilizar la conexión legal de la comunidad Villas del Sol, en Toa Baja, a los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, así como atender las deficiencias de su infraestructura vial.

La medida, de autoría de la representante Sol Y. Higgins, dispone que LUMA Energy, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) inicien estas gestiones en un término no mayor de 30 días a partir de su aprobación.
Asimismo, las entidades deberán presentar, dentro de 60 días, un informe detallado a la Asamblea Legislativa que incluya el plan de trabajo, el cronograma estimado de las mejoras y los recursos necesarios para cumplir con la resolución.

Villas del Sol agrupa a 176 familias que, según el testimonio presentado durante el trámite legislativo, enfrentan carencias en el acceso a servicios básicos. La comunidad se constituyó como la Cooperativa de Vivienda de Autoconstrucción y Ayuda Mutua Villas del Sol, tras su reubicación en 2010 mediante una permuta gestionada por el Gobierno y el Municipio de Toa Baja.

La resolución establece un proceso de coordinación para encaminar soluciones permanentes. Las gestiones deberán atender los estudios técnicos, los requisitos aplicables y la identificación de fuentes de financiamiento necesarias para viabilizar las mejoras.

Con esta firma, se establece un mandato para avanzar en la planificación de la infraestructura que necesita la comunidad y rendir cuentas a la Asamblea Legislativa sobre los pasos y recursos requeridos para su ejecución. Finalmente la primera ejecutiva vetó el Proyecto del Senado 759.

Ver más

Noticias Locales