La Fortaleza, San Juan, Puerto Rico, 22 de junio de 2026 –La gobernadora Jenniffer González Colón firmó el Proyecto del Senado 318, convirtiéndolo en la Ley 117-2026, una medida de la autoría del senador Juan Oscar Morales Rodríguez y coautoría del senador Rafael Santos Ortiz, dirigida a fortalecer la capacidad de respuesta del sistema de salud de Puerto Rico durante situaciones de emergencia
La nueva ley enmienda el Artículo 5 de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, conocida como la “Ley del Departamento de Salud”, para facultar al Secretario de Salud a ordenar la expedición de licencias provisionales a profesionales de la salud y médicos cuando exista una emergencia de salud pública declarada por el Presidente de los Estados Unidos, la Gobernadora de Puerto Rico o el propio Secretario de Salud.
“Con esta legislación aseguramos que Puerto Rico cuente con las herramientas necesarias para responder con agilidad y eficacia ante emergencias de salud pública. La protección de la salud de nuestra gente requiere que podamos ampliar rápidamente la disponibilidad de profesionales capacitados cuando más se necesitan”, expresó la gobernadora Jenniffer González Colón.
La Ley 117-2026 permitirá que profesionales de la salud con licencias activas expedidas por cualquier jurisdicción de los Estados Unidos o sus territorios, así como aquellos que hayan aprobado los exámenes correspondientes a su profesión y estén en espera de la expedición formal de su licencia, puedan ofrecer servicios de manera provisional mientras dure la emergencia.
La medida también establece salvaguardas para garantizar la calidad de los servicios, facultando a las juntas examinadoras correspondientes a revocar cualquier licencia provisional en caso de incumplimiento con las normas legales y reglamentarias aplicables.
Por otra parte, la gobernadora firmó además el Proyecto del Senado 372, convertido ahora en la Ley 118-2026, una medida de la autoría del senador Carmelo Ríos, dirigida a fortalecer los procesos de licitación y contratación gubernamental mediante enmiendas a la Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico.
La nueva ley aclara quiénes son considerados licitadores participantes en los procesos de subasta pública y establece mecanismos para evitar dilaciones innecesarias que puedan afectar la ejecución de obras, la prestación de servicios esenciales y el uso eficiente de fondos públicos.
“Esta legislación muestra la transparencia, la sana administración pública y la protección del dinero de los contribuyentes. Al establecer reglas claras para los procesos de subasta, garantizamos mayor certeza jurídica, competencia justa y una gestión gubernamental más eficiente”, expresó la gobernadora Jenniffer González Colón.
Entre las disposiciones principales de la Ley 118-2026 se encuentra la definición formal de “licitador participante”, limitando esa categoría a aquellos proponentes que hayan cumplido con todos los requisitos establecidos y presentado sus ofertas dentro del término dispuesto. Asimismo, la medida establece que cuando una oferta sea rechazada por haberse presentado fuera del plazo establecido, dicha determinación constituirá una decisión final para ese licitador, iniciando desde ese momento el término para presentar cualquier impugnación correspondiente.
La legislación también dispone que cualquier enmienda a un aviso de adjudicación deberá notificarse de la misma forma y a las mismas partes a las que se notificó la adjudicación original, promoviendo uniformidad y transparencia en los procedimientos.

