12 de febrero de 2026
SAN JUAN – Ante la ausencia del quantum de prueba necesario para encausar posibles actuaciones ilegales sobre negligencia en el cumplimiento del deber y malversación de fondos públicos, el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI), decidió no designar un Fiscal Especial Independiente (FEI) contra el exalcalde de Mayagüez, José Guillermo Rodríguez Rodríguez y otros funcionarios municipales. No obstante, se refirió el asunto a la atención de la Oficina de Ética Gubernamental, que mantiene activa una pesquisa sobre aspectos de índole administrativa.
El PFEI acogió la recomendación de la Secretaria del Departamento de Justicia, Hon. Lourdes Gómez Torres, contenida en un informe de investigación preliminar realizado por ese departamento, sobre una comunicación de la pasada Contralora de Puerto Rico, Yesmín M. Valdivieso, en cuanto a una evaluación de varios préstamos otorgados por el Departamento de la Vivienda y Programas Federales del Municipio de Mayagüez.
Se identificaban situaciones que alegadamente podían constituir violaciones al Código Penal de Puerto Rico por parte del exalcalde Rodríguez Rodríguez y otros tres funcionarios municipales que ocuparon el puesto de Gerente de esa dependencia municipal, tales como, la Lcda. Edna Rodríguez Valentín, Maribel Pérez Ortiz y Alfred K. Soto Soto.
La auditoría de la Oficina del Contralor de Puerto Rico (OCPR), que cubría el periodo del 1 de julio de 2017 al 31 de diciembre de 2022, contenía cuatro hallazgos del resultado del examen de seis objetivos especiales. La misma resumió que, entre el 19
de enero de 2000 al 24 de enero de 2020, el municipio otorgó 72 préstamos por $4,602,845. De estos, sólo se examinaron cinco préstamos por $l, 190,000 otorgados a empresas, del 30 de junio de 2003 al 3 de julio de 2009, según el Informe de Auditoría OC-25-94.
Los hallazgos fueron particularizados, encontrándose fallas en cuanto a los intereses, los pagos, las fechas de vencimiento, los permisos, las inspecciones y otros. Entre otras cosas, en resumen, la OCPR señaló, que los gerentes de Vivienda y Programas Federales no se aseguraron de que se realizaran las inspecciones de los proyectos y que el entonces alcalde, incumplió con el recobro de los préstamos otorgados. A su vez, que los gerentes de Finanzas y Presupuesto, así como de Vivienda y Programas Federales, no se aseguraron de que algunos contratos tuvieran los datos correctos sobre el por ciento de interés, ni fechas específicas de vencimiento.
El Departamento de Justicia tomó en consideración, entre otras cosas, que, a los efectos de imputar conducta delictiva por parte de los mencionados funcionarios públicos, es impreciso atribuir que estos ocasionaron una pérdida de fondos públicos, cuando la propia OCPR reconoce en su informe que no cuenta con datos que acrediten si el municipio estaba en déficit al momento de otorgarse los préstamos.
Asimismo, se señala, que el Informe de Auditoría guarda silencio respecto a la pérdida de fondos públicos. En su lugar, enfatiza la necesidad de optimizar los deberes y responsabilidades relacionados con la aprobación y concesión de préstamos, a fin de que el municipio pueda asegurarse de que los deudores utilicen adecuadamente los fondos otorgados y cumplan con el pago de sus obligaciones.
Tomando en cuenta la totalidad de las circunstancias, el Departamento de Justicia establece que sería improcedente en Derecho atribuir un patrón negligente a unos funcionarios, cuando del propio recuento de hechos surge el nombre de otros empleados que, de algún modo, trabajaron con la concesión de los cinco préstamos en cuestión.
Se indica que la propia prueba provista por la OCPR concerniente a los prestamos analizados, refleja que existen cartas que demuestran que una multiplicidad de funcionarios —incluyendo al exalcalde Rodríguez Rodríguez, tramitaron gestiones con el objetivo de darle seguimiento a los proyectistas, a los asesores legales y/o a sus supervisores o alcalde. También, que se trabajaron planes de pago y que, en casos en donde se solicitó aumento en fondos, el municipio no los otorgó.
Comunicado de Prensa Sin quantum de prueba para fijar comisión de delito contra exalcalde de Mayagüez en torno a préstamos de Vivienda municipal 12 de febrero de 2026 Página 3
En esa misma línea, el informe del Departamento de Justicia distingue que la prueba mayormente consiste en los documentos habidos en los expedientes analizados y que, la OCPR reconoció que estaban incompletos, ya fuera por el vencimiento de los términos de conservación o por pérdida física de los documentos, tras los huracanes Irma y María. Ante ello, se concluye que no puede sostenerse, sin lugar a duda razonable, que el exalcalde y los funcionarios aludidos, hayan incurrido en una conducta obstinadamente negligente constitutiva de delito. Tampoco está presente el elemento de intención criminal exigido para el delito de malversación de fondos públicos.
Se concluye en el informe de Justicia, que lejos de que estas actuaciones u omisiones se hayan realizado con el propósito de facultar el uso ilícito de estos fondos, éstas responden a fallas evidentemente administrativas. Se consigna, además, que, conforme al análisis de los hechos realizados, no existe prueba que establezca el elemento de la intención específica de obtener un beneficio indebido, propio o ajeno, mediante el uso de fondos o autoridad.
Por dichas razones, el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, luego de un amplio análisis del informe de investigación preliminar y de la prueba que lo acompañó, acogió la recomendación del Departamento de Justicia y determinó no designar un Fiscal Especial Independiente en contra del exalcalde de Mayagüez, José Guillermo Rodríguez Rodríguez y otros funcionarios municipales. No obstante, se refirió el asunto a la Oficina de Ética Gubernamental

